Lo condenaron a 8 meses de prisión condicional por grooming en perjuicio de una niña de 12 años

Lo condenaron a 8 meses de prisión condicional por grooming en perjuicio de una niña de 12 años
6 Febrero, 2020 a las 16:01 hs.

El juez de control santarroseño, Gabriel Lauce Tedín, condenó hoy a Rafael Antonio Herrera Villaman a ocho meses de prisión de ejecución condicional, por ser autor del delito de grooming en perjuicio de una menor de 12 años.

El conflicto penal se resolvió por un acuerdo de juicio abreviado que presentaron conjuntamente el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado, un desocupado de 33 años, de nacionalidad dominicana y que se domicilia en la provincia de Córdoba. Éste admitió la autoría de los hechos por los que fue acusado.

Además, según quedó plasmado en el fallo, que tanto la madre de la niña como la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes fueron informados del acuerdo.

Con las pruebas incorporadas al legajo, se dio por probado que el 10 de mayo del año pasado, Herrera Villaman contactó a través de una videollamada –vía WhatsApp– a la víctima, observándoselo en conductas sexuales. En esas circunstancias fue sorprendido por la madre de la menor. Previamente le había enviado mensajes por la red social Instagram.

Entre esos elementos probatorios figura un allanamiento en la ciudad donde reside Herrera Villaman –a partir de una serie de informes telefónicos–, donde se secuestraron objetos importantes para la dilucidación de los hechos.

En atención a la condicionalidad de la pena, Tedín dispuso que el acusado deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta durante dos años, bajo apercibimiento de revocarle ese beneficio: a), fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin autorización judicial; b) someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; c) abstenerse de relacionarse de modo alguno con la niña y su mamá, ni acercarse a menos de 200 metros de su domicilio; y d) realizar un tratamiento psicológico, tal como fuera informado por el psiquiatra forense.

El juez también ordenó que se cumpla con el artículo 6° de la ley provincial 2547 y sea incluido en el Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.​

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