- El juicio tuvo lugar el 17 de octubre pasado, con la actuación unipersonal del juez Pellegrino, la intervención del fiscal Luciano Rebechi y el defensor oficial Walter Vaccaro.
- La defensa técnica del imputado por su parte, solicitó la absolución de su defendido.
El juez de audiencia de juicio Federico Pellegrino condenó a un hombre de 29 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “amenazas simples y amenazas calificadas” , a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Además le impuso como reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución Penal o Fiscal, y someterse al control de la Unidad de abordaje del Ente de políticas socializadoras.
También le ordenó la prohibición de acercamiento al domicilio de la víctima- su ex novia- a un radio no menor de doscientos metros, como así también la prohibición de todo tipo de comunicación y contacto respecto de la misma; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes y realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia -por parte de profesional idóneo en la materia.
Hechos
Con las pruebas incorporadas en el debate, el juez dio por acreditado que el imputado amenazó en varias oportunidades a quien era su pareja, una menor de 15 años- diciéndole que si lo denunciaba la iba a matar. También en una oportunidad, le colocó un revólver en su cabeza. Las amenazas fueron en forma personal y telefónica.
En oportunidad de la realización de los alegatos de clausura el fiscal expresó que se encuentra probado el hecho investigado y la autoría del imputado en los mismos, solicitando se lo condene a cumplir la pena de un año de prisión en suspenso, por los delitos de “amenazas simples y amenazas agravadas por el uso de arma” y que se le impongan reglas de conducta por el término de dos años.
Pellegrino expresó en su fallo que “la diferencia de edad entre imputado y víctima, a esa altura de sus vidas, también influyó en cuanto al mayor poder y experiencia que le permitía al imputado lograr la intimidación en la persona de la damnificada”.
Luego agregó que “si bien el arma utilizada a fin de infundir mayor temor en la víctima no se logró secuestrar, la descripción que realizó la joven permite acreditar su existencia y presencia”.
Finalmente el magistrado expresó en el fallo que “atento a que la pena solicitada por el representante del Ministerio Público Fiscal resulta coincidente con el mínimo establecido para la figura penal más grave, esa será, en definitiva la pena a aplicar, es decir el monto de un año de prisión, que atento a la carencia de antecedentes condenatorios del imputado, será de ejecución condicional, debiendo sumar la aplicación de las reglas de conductas solicitadas, por el término de dos años”.