Judiciales

Una mujer fue condenada por golpear a otra con una tijera, cortarle el pelo y dañarle su medio de movilidad

30 septiembre, 2019 a las 19:25

El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, la defensora oficial Elba Pozze y la imputada quien admitió los hechos. La damnificada, al ser informada sobre las consecuencias y alcances del acuerdo prestó su conformidad. 



En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de audiencia de juicio de General Pico Federico Pellegrino, condenó a Celia Betiana Delgado de 35 años, como autora material y penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves y daño simple -dos hechos- y amenazas simples y desobediencia judicial ; a la pena de seis meses de ejecución condicional.

Además, le impuso las siguientes reglas de conducta, por el término de tres años: fijar domicilio y someterse al control de la unidad de abordaje, del Ente de Políticas Sociabilizadoras; someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad; prohibición de acercamiento genérica respecto a la damnificada y/o a los lugares que habitualmente concurre la mencionada.

Asimismo, se le dictó una prohibición absoluta de comunicación y contacto con la víctima.

Hechos

Con las pruebas aportadas en la causa quedaron demostrados dos hechos diferentes investigados en dos legajos separados:

El primer hecho ocurrió en Ingeniero Luiggi, la mañana del 19 de agosto de 2016, cuando Celia Delgado se presentó en el lugar de trabajo de la damnificada y procedió a increparla, golpeándola en la cabeza con una tijera, provocando que cayera al piso. Luego comenzó a cortarle el cabello con la tijera, y continuó golpeándola en su cabeza. En ese momento, a la víctima se le cayó del bolsillo un teléfono que fue tomado por Delgado quien comenzó a golpearlo con la base de la ventana del lugar, provocando que la pantalla táctil se trizara y no funcionara más, llevándoselo consigo. Posteriormente tomó la motocicleta propiedad de la damnificada y le provocó puntazos con la tijera a las dos ruedas del rodado.

El segundo hecho ocurrió el día 3 de noviembre de 2016 cuando la damnificada se retiraba de su trabajo, al pasar por el frente de una escuela y al cruzarse con Delgado la misma le manifestó “vos cuidate que donde te agarre te voy a reventar”, desobedeciendo de esta manera la prohibición de acercamiento dispuesta por el Dr. Luis Alberto García en el Expte. Nro. C51607/16.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, la defensora oficial Elba Pozze y la imputada quien admitió los hechos. La damnificada, al ser informada sobre las consecuencias y alcances del acuerdo prestó su conformidad.

Pellegrino agregó en el fallo que “el acuerdo de partes establece como monto punitivo la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. Teniendo en cuenta que Delgado no registra antecedentes condenatorios, corresponde respetar dicha condena, de acuerdo surge del art. 382 del C.P.P.. Además, se suma la aplicación de las reglas de conducta solicitada, por el término de tres años”.

 

¿Te gusta InfoPico? Agréganos como fuente preferida y aparecemos primero en tus búsquedas
Agregar InfoPico