General Pico: Intentó robar en un kiosco, pero huyó cuando el comerciante agarró una botella para defenderse

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31 Julio, 2019 a las 20:20 hs.

El intento de robo se conoció hoy, pero ocurrió el 10 de febrero de este año en un kiosco de General Pico. La justicia piquense condenó a un joven de 19 años a tres años de prisión en suspenso.



El juez de control de General Pico, Alejandro GILARDENGHI,  condenó hoy a Maron Ezequiel Domínguez, de 19 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa”; a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional o en suspenso.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscales intervinientes María Verónica Campo y María Soledad Forte, junto al defensor oficial sustituto Alejandro Piñeiro, y su defendido, quien admitió su culpabilidad. El damnificado- dueño del local comercial- manifestó su conformidad con el acuerdo.

El hecho definido y acordado por las partes consistió en que el 10 de febrero de este año, el imputado Marón Ezequiel Domínguez ingresó un kiosco de esta ciudad, le exhibió a quien se encontraba atendiendo el comercio, un cuchillo y le manifestó: “… dame todo, dame todo que te conozco del barrio …”, por lo que la víctima tomó una botella para defenderse. El agresor retrocedió, tomó distintas botellas de bebidas alcohólicas que dejó caer en el lugar, retirándose de manera pedestre sin poder consumar el hecho.

Sobre la calificación legal propuesta por las partes, Gilardenghi entendió que ”se trató de un desapoderamiento de cosas muebles ajenas, con violencia en las personas, con la agravante de que el sujeto activo esgrimió un arma blanca para facilitar su cometido. No pudo agotar, perfeccionar o consumar su actividad delictiva porque el testigo- el dueño del local- le opuso resistencia, utilizando para tal fin una botella de vidrio a modo de arma, lo que motivó la rápida huida del imputado del interior de dicho comercio, no sin antes intentar hacerse con botellas de bebidas alcohólicas, que a la postre cayeron al piso y se destruyeron (de allí el daño patrimonial que sufrió el propietario del comercio), no pudiendo el acusado llevarse ninguna consigo -probablemente por el estado etílico que presentaba, acreditado al momento de su detención con el correspondiente certificado médico”.

El magistrado consideró “que con la decisión acordada por las partes no se afectan el acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva (más bien ocurre lo contrario, se concretan), dado que aún en el hipotético caso de finalizarse este proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…) sería similar o idéntica a la acordada por las partes. Por todo ello, es que considero que el acuerdo al que han arribado las partes resulta serio de acuerdo al hecho del caso.”

Finalmente el juez le impuso a Domínguez las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras y de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal.