Lo condenaron a un año de prisión de ejecución condicional por amenazar a su ex pareja con un revólver

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27 Junio, 2019 a las 23:40 hs.

El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado. La damnificada, manifestó su conformidad y “requirió expresamente que no se incluya dentro del acuerdo la prohibición de acercamiento, ya que la situación entre ellos, se encontraba tranquila, y al tener una hija en común se le complicaba al tener la restricción (sic)”.

Juez Heber Pregno

Juez Heber Pregno

El juez de control piquense Heber Pregno condenó hoy a un hombre de 26 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “amenazas agravadas por el uso de arma” y “amenazas simples” en concurso real, a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.

Además le impuso el cumplimiento de fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución o Fiscal; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

También ordenó oficiar a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y familia, Delegación Zona Norte dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de la Pampa, a los efectos que a través de la Dirección de violencia Familiar o de la repartición publica que consideren apropiada “lleven a cabo el abordaje y seguimiento necesario para con la víctima- su ex pareja y madre de un hijo en común- con el objeto de determinar la necesidad de un tratamiento psicológico y/o cualquier tipo de asistencia que consideren necesaria, debiendo informar periódicamente a la “Oficina de Asistencia a la Víctima del delito y a los Testigos” según Resolución PG N 82/12”.

En este sentido, el fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado.

La damnificada, al ser informada sobre las implicancias del acuerdo manifestó su conformidad y “requirió expresamente que no se incluya dentro del acuerdo la prohibición de acercamiento, ya que la situación entre ellos, se encontraba tranquila, y al tener una hija en común se le complicaba al tener la restricción (sic)”. 

Hecho

Con las pruebas recolectadas durante la investigación fiscal y aportadas en el legajo, quedó demostrado que el 11 de marzo de este año, en el momento en que el imputado se encontraba en su domicilio se apersonó su ex pareja a buscar unas pertenecías de la hija menor de edad que mantienen en común, y luego que se generara una discusión, el imputado tomó un revolver y comenzó a amenazar a la mujer, apuntando hacia su persona.

Ante tal situación intercedió una sobrina de la víctima, logrando ambas retirarse del lugar.

Posteriormente el acusado envió mensajes de audio, por whatsapp desde su teléfono al celular de su ex pareja profiriéndole amenazas.

Por su parte, Pregno resaltó en la sentencia “el circulo de violencia que está inmerso la víctima, cuando ella misma pretende levantar las denuncias o no solicitar medidas protectoras como lo hizo en el Ministerio Publico Fiscal”.

Finalmente, el juez expresó que el “acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene al imputado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional. Asimismo las partes solicitan se le impongan al imputado (…) reglas de conducta por el término de dos años”.