En 2018 fue condenado a 3 años de prisión en suspenso, en 2019 cometió 3 delitos más y ahora sí irá 3 años preso

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3 Junio, 2019 a las 19:55 hs.

El juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi condenó hoy a José Marcelo Ferreyra de 27 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “hurto simple -tres hechos-“ ; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal interviniente María Verónica Campo, junto al defensor oficial Carlos Alejandro Caram, y su defendido.

La fiscal María Verónica Campo y el juez Alejandro Gilardenghi

La fiscal María Verónica Campo y el juez Alejandro Gilardenghi

Además el juez le revocó a Ferreyra la condicionalidad de la pena -de tres años de prisión- impuesta por una sentencia condenatoria de fecha 28 de septiembre de 2018 dictada por el Juez de Control Gabriel Lauce Tedín de la Primera Circunscripción Judicial (por no haber transcurrido el plazo de cuatro años a partir de la fecha de la sentencia firme, previsto en el primer párrafo del art. 27 del C.P.) y le unificó esta sentencia anterior con la recaída contra el mismo imputado en el día de la fecha, componiendo ambas a la pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal interviniente María Verónica Campo, junto al defensor oficial Carlos Alejandro Caram, y su defendido. Los damnificados, al ser informados sobre las consecuencias e implicancias del acuerdo a través del Ministerio Público Fiscal, manifestaron su conformidad con el acuerdo suscripto, aceptando que las causas se resuelva a través de la salida alternativa y las condiciones propuestas.

Según las pruebas incorporadas en el acuerdo, los tres hechos demostrados en el legajo fueron los siguientes:

El primero ocurrió el 09 de enero de este año, cuando Ferreyra ingresó a un comercio de alimentos de ésta ciudad, y luego de preguntar a la propietaria si vendían alcohol, al obtener una respuesta negativa por parte de ésta, el imputado se retiró del lugar previo sustraer una botella de champagne, que se encontraba sobre el mostrador. Asimismo al ser interceptado por el personal policial amagó con tirarle con una caja de vino y empujó al uniformado que luego procedió a su demora.

El segundo hecho ocurrió el día 29 del mismo mes y año, en el interior del salón del Club Ferro Carril Oeste de esta ciudad, cuando el imputado sustrajo sin ejercer fuerza o violencia una camiseta de básquet de dicho club.

El tercer hecho sucedió al otro día, cuando el imputado sustrajo de un corralón de venta de materiales de construcción, sin ejercer fuerza o violencia, una bicicleta tipo todo terreno propiedad de un familia del dueño del local.

Gilardenghi agregó en la sentencia que “corresponde, tal como solicitaron las partes, y dada la comisión de nuevos delitos, revocar la condicionalidad de la pena que le fuera impuesta por el Juez de Control de la ciudad de Santa Rosa, colega Gabriel Lauce Tedín (…) y unificarla con la solicitada por los hechos de los presentes legajos -tres años de prisión de efectivo cumplimiento-. Por lo que entonces corresponde unificar y componer ambas a la pena única total a cumplir de tres años de prisión de efectivo cumplimiento “.