Prisión en suspenso e inhabilitación para conductor que produjo un grave accidente entre Pico y Speluzzi

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17 Mayo, 2019 a las 17:54 hs.

El impactante siniestro vial ocurrió el 22 de enero de 2017 alrededor de las 06:10 de la mañana.



El juez de control de General Pico Alejandro Gilardenghi condenó hoy a Jorge Alberto Garrido, de 67 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones graves culposas agravadas por haber sido ocasionadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo con motor”; a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de tres años.

También le impuso Garrido las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Francisco Trucco y la defensora oficial Elba Pozze junto al imputado. Por otra parte, el juez se entrevistó con el damnificado –acompañado por su abogado patrocinante Luis Emilio Martín- y le explicó “que el acuerdo de juicio abreviado es la salida alternativa que permite el dictado de sentencia de condena sin necesidad de celebrar un juicio oral, y las demás cuestiones derivadas del acuerdo, y manifestaron conformidad”.

El hecho definido y acordado por las partes ocurrió el 22 de enero de 2017, cuando Garrido comandaba -en compañía de otra persona masculina- una camioneta pick-up por ruta provincial Nº 101 desde Speluzzi hacia General Pico, y a la altura del km. 75 invadió el carril contrario e impactó con el automotor guiado por el damnificado, quien conducía por la citada ruta pero en sentido contrario, por su carril correspondiente, desde General Pico hacia Speluzzi. Como consecuencia del hecho, la víctima padeció luxo fractura de cadera izquierda, que requirió de osteosíntesis quirúrgica y fractura naso etmoidal izquierda, que requirió tratamiento quirúrgico conforme lo informado por el médico forense. En tanto el acompañante de Garrido resultó ileso.

“La agravante se dio en el caso ya que ambas lesiones se cometieron u ocasionaron mediante la conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria de un vehículo automotor” expresó Gilardenghi.

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