¿Sabías que está prohibido manejar en ojotas y te pueden hacer una multa?

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17 Enero, 2019 a las 17:10 hs.

El decreto 326, que complementa la ley 9.024 de Seguridad Vial, especifica que características debe tener el calzado de quien maneja un auto.



Una boleta de tránsito publicada en Facebook por un conductor oriundo de la localidad mendocina de Guaymallén, despertó la atención de los usuario de redes sociales por un peculiar detalle: lo multaron por $1200 pesos por manejar con sandalias.

Sin embargo no todo fue tan malo, dado que gracias al pago voluntario, el hombre pudo descontar un 40% y abonó solo 720 pesos… Según el artículo 19 del decreto 326, que complementa la ley 9024 de Seguridad Vial, los conductores “deberán hacer uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando”.

El texto oficial también precisa: “Se entiende por calzado apropiado aquellos de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales”. Luego de la publicación de la multa, la cual fue replicada más de 4000 veces, los comentarios en redes sociales se dividieron entre quienes aseguraron que es una prohibición que viene de hace bastante tiempo y quiénes no. 

 

Para los expertos en Seguridad Vial cualquier tipo de calzado abierto, como una ojota o una sandalia, puede hacer que el conductor pierda el contacto ideal con los pedales. Así, podría realizar una presión extra con el pie y eso generaría maniobras bruscas, por ende peligrosas.

Las ojotas, además, suponen un riesgo extra: al no estar sujetas a la parte trasera del pie, pueden llegar a provocar un enredo o una traba. Asimismo, los especialistas recomiendan no manejar descalzo, ya que los pies no tienen buena adherencia a los pedales. Si no tienen un buen agarre, la maniobra de los controles del vehículo podría ser problemática, ya que, sostienen, “sin calzado la sensibilidad es otra”.

Fuente www.perfil.com