Anses: Cómo y quiénes pueden cobrar la asignación por maternidad

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25 Diciembre, 2018 a las 12:40 hs.

Todas las empleadas en relación de dependencia, de servicio doméstico y aquellas que se encuentren cobrando su sueldo a través de una aseguradora en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo tienen derecho a una asignación otorgada por la ANSeS durante los 90 días de la licencia por maternidad y hasta por 270 días en los casos de bebés con Síndrome de Down.

El organismo previsional abona esta asignación a las trabajadoras siempre que tengan al menos 12 semanas de gestación y tres meses de antigüedad en el empleo al momento de comenzar la licencia por maternidad, mientras que en el caso de las trabajadoras de temporada tendrán que estar con servicio efectivo al momento de iniciar la licencia.

El monto otorgado corresponde al sueldo bruto de la trabajadora, es decir sin los descuentos, y se cobra según el calendario de pagos de las asignaciones familiares.

Además, durante la licencia por maternidad la ANSeS cubrirá el costo de la obra social, pero no los de las empresas privadas de medicina prepaga.

El trámite para solicitar la asignación es presencial y con turno, y para comenzarlo es necesario antes haber declarado el embarazo ante el empleador.

Para consultar los requisitos y los detalles de cómo realizar el trámite paso a paso se puede visitar la página web www.anses.gob.ar/tramite/ asignacion-por-maternidad.