Joven condenado por dos robos en Colonia Barón

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18 Noviembre, 2018 a las 15:55 hs.

El imputado tiene 21 años y recibió una pena en suspenso. Además debe cumplir reglas de conducta.



El juez de control Heber Pregno condenó el pasado miercoles a Matías Nicolás Méndez, de 21 años, como autor material y penalmente responsable del delito robo simple- dos hechos-, a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional. La misma fue unificada con una pena anterior, impuesta mediante fallo Nº 933 de fecha 16 de mayo de 2018 y compuso la pena única de un año de prisión de ejecución condicional.

Además le impuso al nombrado como regla de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y al fiscal; abstenerse de relacionarse y de protagonizar cualquier acto de perturbación, intimidación y/o hostigamiento por cualquier vía, directa o indirectamente, para con los damnificados de los dos hechos por los que fuera condenado y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Damián campos, la defensora oficial María José Gianinetto y el imputado quien confesó su culpabilidad. Los damnificados, al ser informados sobre los alcances y la pena del acuerdo, prestaron su conformidad.

Con las pruebas aportadas en los legajos quedaron probados los dos hechos:
El primero ocurrió el 21 de agosto de 2017, y consistió en haber ingresado Mendez, junto a otro sujeto a través de una ventana que carece de cerrojo, hacia el interior de la cantina del club de bochas de la localidad de Colonia Barón, forzando una puerta del interior. Sustrajo un maletín de chapa, con fichas redondas, y cubiertos en su interior, un pack cerrado de seis latas de cerveza de medio litro cada una y aproximadamente 18 botellas de alcohol de diferentes tipos.

El segundo hecho ocurrió entre la noche del 20 de agosto y la madrugada del 21 de agosto de 2017, cuando el imputado junto a otro sujeto, sustrajo de la baulera lateral trasera de un camión que se encontraba estacionado en un baldío de la localidad de Colonia Barón, con las puertas sin cerrojos colocados, varias herramientas y un estéreo.

Pregno manifestó en su fallo que “como lo marca la ley procesal (Art.382 del C.Pr.P.) el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a Matías Nicolás Mendez a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional (art. 26 C.P.) y se le imponga reglas de conducta”.

Y agregó que “teniendo en cuenta que Méndez resultó condenado mediante fallo Nº 933 de fecha 16 de mayo de 2018 a la pena de un año de prisión de ejecución condicional o en suspenso, conforme surge del informe del Registro Nacional de Reincidencia, las partes solicitan que se unifique la pena solicitada en el presente legajo con la que le fuere impuesta mediante el precitado fallo, componiendo la pena única y total de un año de prisión de ejecución condicional (art. 26 del C.P.), más las reglas de conducta que le fueren impuestas”.