Raptó y violó a su ex: Lo condenaron a 9 años de prisión

thumb image
12 Noviembre, 2018 a las 22:41 hs.

Se trata de un lavacoches que ató a una cama a la mujer y la sometió sexualmente, además de golpearla y amenazarla.



El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, condenó hoy a un lavacoches de 24 años a una pena de nueve años de prisión, por ser autor de los delitos de rapto en concurso ideal, con lesiones leves calificadas por la relación de pareja, concursando a su vez materialmente, con el delito de abuso sexual con acceso carnal mediando violencia y amenazas. Además lo declaró reincidente, le mantuvo la prisión preventiva y dispuso que dichas conductas fueron cometidas en un contexto de violencia de género, de acuerdo a la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer.

El magistrado, con las pruebas reunidas durante el juicio oral, dio por probada la teoría del caso de la fiscalía y dijo que el 25 de marzo pasado, cuando la expareja del imputado quiso irse de la vivienda de él –tras una discusión porque no quería permanecer allí–, éste último “reaccionó de manera violenta, la agarró de los pelos, le aplicó trompadas en el rostro y patadas y la trasladó al baño, donde la duchó con agua fría y le arrancó prendas de vestir”.

“Luego la víctima se dirigió a la cocina a buscar un elemento para defenderse, con la excusa de que iba a tomar agua y agarró un palo. El acusado, al percatarse de ello, tomó una cuchilla con mango de madera y comenzó a pegarle con la hoja en la cabeza y en el cuerpo, provocándole –entre otras lesiones– un corte en la mano derecha”, añade el fallo.

“Seguidamente la llevó hacia la habitación y mientras la insultaba, le dijo ‘vas a estar atada de por vida’. La inmovilizó, atándole las manos y ambas piernas” y abusó de ella, mientras la golpeaba en la cara. Además le expresó que “iba a traer hombres para que mantengan relaciones sexuales” con ella y que “si llegaba a decir algo mataría a su hijo y a sus padres”. Después de 20 minutos, el agresor desató a la mujer y se acostó a dormir. En esas circunstancias, la víctima pudo huir por un ventiluz.

Durante los alegatos del debate, el fiscal Marcos Sacco había encuadrado las conductas del agresor en los delitos de rapto, en concurso ideal, con lesiones leves calificadas por la relación de pareja y mediando violencia de género, en concurso real, con abuso sexual mediando violencia y amenazas con acceso carnal, y pidió una sanción de 15 años de prisión. A su vez, el defensor particular Gastón Gómez consideró excesiva la responsabilidad que se le imputó a su cliente e indicó que si era condenado debía serlo por delitos menores.

Sin atenuantes

Boulenaz, para fijar la pena, sostuvo que “no encuentro circunstancias atenuantes, más allá de considerar que mediante su trabajo el imputado se procura su propio sustento. Por el contrario, considero que existen circunstancias agravantes que me permiten alejarme del mínimo legal de la escala penal que va de 6 a 19 años de prisión”.

Así, valoró en su contra “el grado de autodeterminación del acusado en la comisión de los delitos, ya que se trata de una persona instruida –con formación escolar, fue al colegio hasta noveno año-, incluida socialmente (vivienda propia y amigos) y con pleno conocimiento de la criminalidad de sus acciones, por lo que era esperable un mayor grado de reflexión y autoinhibición”.

También tuvo en cuenta negativamente “la multiplicidad de las lesiones causadas a la víctima, lo que demuestra la excesiva agresividad desplegada. Ella debió permanecer internada cinco días”. Un informe psicológico concluyó que “presentaba un trastorno por ansiedad y que dicho estrés es mayor cuando el agresor es una persona conocida o de su confianza; lo que incrementa la desconfianza y las situaciones de pánico”.

El juez, al continuar describiendo las circunstancias agravantes, se refirió a “los peligros causados, porque independientemente que las lesiones provocadas finalmente fueran de carácter leves, lo cierto es que la vida de la víctima corrió peligro producto de la golpiza a que fue sometida”. En tal sentido resaltó las palabras de la médica cirujana que recibió por guardia a la mujer en el hospital Lucio Molas, acerca de que nunca había recibido una joven tan dañada. Concordante con ello, el médico policial dijo que se trató de “una golpiza brutal” y que en 23 años de profesión solo había visto tres casos similares.

Finalmente, Boulenaz valoró además negativamente los antecedentes penales del acusado, quien ya había sido condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por delitos en contra de su anterior pareja.