Condenan a una automovilista por las lesiones graves que sufrió un hombre tras accidente

thumb image
7 Noviembre, 2018 a las 19:00 hs.

La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó hoy a María Daniela Moyano, de 33 años de edad, como autora material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción negligente, imprudente y/o antirreglamentaria de un vehículo con motor; a la pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de dieciocho meses.



Además ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y asistir a un curso de educación y capacitación para la conducción de vehículos automotores en la vía pública dentro del término del plazo establecido por la inhabilitación.

Las partes en el proceso- representadas por Hernán Cecotti, por el Ministerio Público Fiscal y Walter Vaccaro, por el Ministerio Público de la Defensa – presentaron un acuerdo de juicio abreviado. La imputada reconoció su responsabilidad en el hecho y el damnificado, en oportunidad de ser consultado por el Ministerio Público Fiscal sobre las implicancias del acuerdo, prestó su conformidad.

Un hombre con fractura expuesta tras accidente

Las pruebas incorporadas en el legajo permitieron a Cardoso tener por acreditado que el 26 de agosto de 2017, María Daniela Moyano protagonizó un accidente de tránsito, cerca de la medianoche, cuando comandaba un automóvil por calle 9 de esta ciudad y al momento de llegar a la calle 44, realizó una maniobra indebida de giro hacia la izquierda y colisionó con una motocicleta que circulaba por calle 9 en sentido contrario. Como consecuencia de la colisión, el conductor de la motocicleta cayó a la cinta asfáltica, padeciendo lesiones en su pierna izquierda, consideradas graves- porque lo imposibilitaron para el trabajo por más de 30 días- debidamente certificadas por profesional médico.

La jueza expresó en su fallo que “la imputada obró de manera imprudente y negligente, desencadenando el siniestro vial y, en consecuencia, dañando físicamente al damnificado”.