Un policía fue condenado por pedir coima y hacer firmar un acta policial trucha

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1 Noviembre, 2018 a las 20:00 hs.

A través del procedimiento de juicio abreviado, el juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, condenó hoy a Gonzalo Matías Salvatierra a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación especial para ocupar cargos públicos, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de exacciones Ilegales, falsificación y uso de documento público falso y estafa –éste último en calidad de coautor–, concursando todos en forma real.



Además le impuso, de acuerdo a lo convenido entre las partes, que durante dos años deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin previo conocimiento del Ente de Políticas Socializadoras, someterse al cuidado de ese organismo, debiéndose presentarse en él durante el término que le indiquen; y abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas.

El abreviado fue acordado entre el fiscal general Máximo Paulucci, el defensor oficial Juan José Hermúa y el propio imputado, un policía de 34 años, que revestía en la fuerza con el grado de oficial inspector y que fue dado de baja recientemente a través de un decreto del Poder Ejecutivo Provincial.

Besi, con las pruebas aportadas por el Ministerio Público Fiscal, dio por acreditado que el 7 y 8 de noviembre de 2016, Salvatierra le solicitó a al padre de una persona entre 1.500 y 2.000 pesos, “como pago para devolverle una moto que horas antes le había sido secuestrada” a un hijo suyo, luego de haber sufrido el día 5 un accidente de tránsito en avenida Circunvalación y Pueyrredón. Además le dijo que “sería una operación que debía efectuarse en su oficina y que quedaría entre ellos”, en su calidad de oficial de la División Accidentología de la Unidad Regional I, con sede en Santa Rosa.

En otro hecho, el juez le imputó a Salvatierra “haberse comunicado de manera telefónica” con una mujer –presentándose como empleado policial– para citarla a la División Accidentología “a efectos de manifestarle que una persona la había denunciado por un negocio que habían realizado y que él deseaba que las partes arribaran a una solución sin intervención judicial”.

Dicha solución consistía en que la mujer le devolviera a esa persona un auto BMW –junto a la documentación respectiva– que había comprado por 50.000 pesos y 25 cuotas de 5.000, que eran abonadas por Marcelo Humberto Totto. Éste, a cambio, le daría otro vehículo. “Luego de numerosos mensajes de texto entre el compareciente y la denunciante, ésta hizo entrega del rodado a Totto, como Salvatierra le había pedido”, dice el fallo.

“Además el 13 de octubre del 2016, Salvatierra le hizo firmar (a la mujer) un documento que simulaba ser un acta policial de entrega del motor del vehículo, a la cual incorporó dos sellos de otros empleados policiales que supuestamente eran testigos del acto, o así lo indicó, incorporando al documento falsamente sus supuestas firmas, dándole con ello a la situación una apariencia de legalidad que no tenía, a efectos de lograr la confianza de la víctima”, añadió Besi.

“Posteriormente –detalló– se corroboró que la denuncia referida por Salvatierra no existía; engañando con esa maniobra a la mujer, para desapoderarla del BMW y del motor; ello en complicidad con Humberto Totto, provocándole de esa manera un perjuicio patrimonial por cuánto, además de ser desapoderada del vehículo, no recibió otro a pesar de las promesas (…), en tanto no estaba autorizado legalmente en su carácter de funcionario público para realizar esas acciones”.

Como en un momento del proceso, Salvatierra fue declarado en rebeldía y se ordenó su detención, el 10 de agosto pasado, por éste segundo hecho y a través de otro abreviado, Totto –un comerciante de 48 años con antecedentes penales– fue condenado a un año de prisión por ser coautor del delito de estafa y se le unificó esa pena con otra del 4 de diciembre del año pasado, en una pena única de seis años de prisión de cumplimiento efectivo.

“En cuanto al primero de los hechos, se acreditó claramente que Salvatierra, abusando de sus funciones, requirió una dádiva (dinero) para provecho personal, con el único fin de entregar un bien; lo cual no correspondía como tampoco procedía –expresó Besi en la sentencia–. Respecto del otro hecho también quedó perfectamente probada su activa participación en las operatorias defraudatorias que fueran denunciadas e investigadas por el Ministerio Público Fiscal, logrando mediante un accionar totalmente ardidoso y engañoso, despojar a los denunciantes de los bienes que conformaban su patrimonio, e induciéndolos a un error”.

Información proporcionada por la Oficina de Comunicación Institucional del  Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa.