Condenaron a un “robacoches”

thumb image
12 Octubre, 2018 a las 20:28 hs.

Se trata de un joven que tendrá que estar preso un mes por sustraer una maleta con ropa del interior de un vehículo.



El juez de control Diego Ambrogetti, en calidad de juez de audiencia subrogante, condenó hoy a Néstor Fabián Urquiza, de 28 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de robo simple en grado de tentativa, a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento. Además lo declaró reincidente.

En el legajo se encuentra debidamente probado que en la madrugada del lunes 10 de septiembre del corriente año, Urquiza provocó la rotura de uno de los vidrios de un camión que se encontraba en la vía pública de esta ciudad. Cuando el personal policial que se había constituido en el lugar se encontraba revisando el vehículo estacionado, sorpresivamente salió de su interior el imputado, quien se encontraba dentro de la caja. Salió corriendo iniciándose en ese momento una persecución por parte de uno de los agentes policiales intervinientes, logrando ser demorado. Posteriormente se constató que Urquiza había sustraído del camión una valija color negra, que contenía en su interior prendas de vestir y un bolso con elementos de higiene, recuperándose los elementos mencionados con posterioridad a dicho acontecimiento.

El Ministerio Público Fiscal procedió a la realización de un juicio directo, arribándose luego a un acuerdo de juicio abreviado el cual fue suscripto por el imputado, el defensor particular Oscar Ortíz Zamora y la fiscal Verónica Campo. Al ser informado sobre los alcances del acuerdo, el damnificado prestó su conformidad.

Ambrogetti agregó en su fallo que resulta “el monto acordado un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 382 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal, según la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo aquel quien establece el máximo tope de la misma y de la pena aplicable, por lo cual, si el titular de la acción penal acordó con el imputado y su defensor el monto ut-supra mencionado, habrá efectuado para ello la correspondiente evaluación”.