Se metió “de prepo”, le destrozó la casa y le dio una paliza: 6 meses de prisión en suspenso

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2 Mayo, 2017 a las 15:00 hs.

Un golpeador fue condenado por un hecho ocurrido en Ingeniero Luiggi. Seguirá libre y no podrá acercarse a la víctima.



Aceptando un acuerdo de partes presentado por el fiscal Luciano Rebechi y el defensor oficial Guillermo Constantino, el juez de audiencia Carlos Pellegrino condenó días atrás a MJG, un joven de 26 años que reside en Ingeniero Luiggi, por un caso de violencia de género.
 
Según consta en el fallo, el pasado 16 de junio de 2017 el muchacho se presentó cerca de las 6 horas en la casa de su ex pareja, MA, y comenzó a gritar desde el exterior exigiendo saber con quién se encontraba. Luego, rompió una persiana y el vidrio de una puerta para meterse al inmueble, donde se trenzó en lucha con quien acompañaba a la mujer.
 
Posteriormente, cuando quedaron solos con la joven, la empujó, golpeó y tiro al piso. Además, le revisó el teléfono celular, se lo partió en dos y arremetió contra mesas y seillas destrozando el lugar. 
 
La denunciante contó ante la Justicia que se salvó por la llegada de su madre al lugar, lo que hizo que el violento desistiera de su actitud. Afirmó en la denuncia que no fue el primer episodio que le tocó vivir, sino que cuando eran pareja también la agredía verbal y físicamente. 
 
Con la conformidad de las partes, incluso de la víctima, Pellegrino falló condenando a MJC “como autor material y penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio (…); daño simple (…) y lesiones leves calificadas (…), en concurso ideal (…); a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional”.
 
Además, el magistrado le ordenó durante dos años: a) fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución; b) abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de acercamiento respecto de MA, respecto a su domicilio y/o de los lugares que habitualmente concurre la mencionada. Asimismo prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.