Caso Matías Godoy: declararon la responsabilidad penal del asesino

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29 Abril, 2016 a las 22:14 hs.

El juez Florentino Rubio consideró que el menor de 17 años LDG fue el autor del homicidio ocurrido el 3 de octubre de 2015.

El fallo fue del juez de audiencia Florentino Rubio

Audiencia de lectura de sentencia se llevó a cabo ayer al mediodía en el Sala N° 1 del Palacio de Tribunales de General Pico, donde el juez de audiencia Florentino Rubio dio a conocer la parte resolutiva de su fallo a los presentes. El imputado estuvo acompañado por el defensor oficial Guillermo Constantino y el asesor de menores Fabián Allara, mientras que la parte acusadora fue representada por la fiscal Natalia Mariani y el abogado querellante Armando Agüero.

Minutos después de la lectura la Oficinal Judicial hizo llegar a infopico.com el fallo completo, donde costa que textualmente el juez Rubio sostiene “la prueba debatida permite tener por cierto que el día 3 de octubre del pasado año, siendo aproximadamente las 03:30 horas, en las vías del ferrocarril ubicadas entre las calles 10 y 8 de esta ciudad, LDG, con un cuchillo tipo navaja, de una puñalada hirió en el abdomen a MDPG (Matías Perea Godoy) y, ocasionándole la muerte, en circunstancias en que éste estaba ayudando a CP que estaba caído en el piso por haber recibido una puñalada en la espalda por parte de CB”.

Consideró probado el hecho en base a las pericias de los profesionales médicos que comprobaron que la víctima murió a causa de la herida provocada por un arma blanca, que fue secuestrada por la Policía en el lugar del hecho. También sostuvo que quedó probada la autoría de parte del menor de 17 años internado en el IPESA, en base al material probatorio recogido por las autoridades policiales y al testimonio contundente de varios de los testigos que se presentaron en el debate y que presenciaron el crimen.

“Según surge del correspondiente certificado de nacimiento, LDG, contaba con 16 años de edad al momento de cometer el delito, por lo que corresponde declarar su responsabilidad penal como autor material del delito de homicidio simple y remitir copia de esta sentencia al Juez de la Familia y del Menor”, concluyó el magistrado.

El condenado será mantenido internado hasta los 18 años en el IPESA, cuando se lo deberá someter a una audiencia de imposición de pena. De acuerdo a varios requerimientos, entre ellos como haya cumplido el tratamiento tutelar, al llegar a la mayoría de edad podrá ser absuelto; condenado por la pena mínima de “tentativa de homicidio”, es decir 4 años de prisión efectiva; o bien recibir una condena mínima por “homicidio simple”, cuya pena es de 8 años de cárcel.