Organizaciones y sindicatos piquenses defienden la Ley de Medios

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7 Enero, 2016 a las 13:39 hs.

El lunes pasado se realizó la segunda reunión de la Coalición por una Comunicación Audiovisual Democrática en Pico con la participación de unas 25 organizaciones sociales, territoriales y sindicatos. Volvieron a repudiar las medidas antidemocráticas tomadas por el gobierno nacional, que derogó importantes puntos de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por decreto y comenzaron a planificar acciones para visibilizar la grave problemática que afecta a la libertad de expresión y la diversidad de voces.



 “Los recientes anuncios del macrismo vuelven a tratar la comunicación como si fuera una simple mercancía y no un derecho humano y se llevan puestos al Congreso Nacional, a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, a las recomendaciones sobre libertad de expresión de la OEA y la ONU, los tratados internacionales de Derechos Humanos y vuela de un plumazo y por una decisión autoritaria una de las leyes con mayor consenso social de la historia, como la 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual” expresaron en un documento.

A su vez, “señalaron las ventajas que la ley trajo a la provincia de La Pampa, entre las que resaltaron las 10 licencias de FM otorgadas a escuelas públicas, las licencias entregadas a siete cooperativas de la provincia para emitir televisión por cable, que incluyen a las de Santa Rosa y General Pico, la política activa de apoyo a producción local que distribuyó más de un millón y medio de pesos a ONGs provinciales a través de los FOMECA y, sobre todo, la descentralización de producciones audiovisuales que ha generado más de 400 puestos de trabajo estables en la provincia que hoy están en riesgo”.

Por otra parte, resaltaron “la importancia que la Ley tiene para promover la identidad cultural de nuestra provincia, defendiendo la producción local de contenido, los derechos de autor de nuestros músicos y la difusión de música local y producciones independientes, además de haber establecido como un derecho la pluralidad de voces, los derechos de comunicación de las comunidades originarias, y de haber establecido la sanción a la discriminación y al lenguaje sexista en los medios de comunicación”.

Explicaron algunos puntos centrales de las modificaciones:

El Decreto 267 publicado en el Boletín Oficial destruye la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual – mal llamada Ley de medios – y la Ley de Telecomunicaciones conocida como “Argentina Digital”

En su parte resolutiva el decreto crea el Ente Nacional de la Comunicación (ENACOM) como único organismo regulador disolviendo el AFSCA y la AFTIC, sus directorios, Consejo Federal y Comisión Bicameral de Seguimiento. De esa forma elimina las autoridades de aplicación de ambas leyes con sus respectivos directorios, consejos federales y comisiones bicamerales.

El Decreto elimina la regulación de la TV a cable o por suscripción pasándola al sector de las telecomunicaciones. De ésta forma no hay límites a los servicios de cable ni exigencias en las grillas de programación, ni para la emisión de publicidad.

El artículo 45 aumentando la cantidad de licencias para un mismo operador en radio y/o TV abierta de 10 a 15. En el ámbito local el límite será de 4 licencias (1 radio AM, 2 FM, un canal de TV abierta) abiertas más TV a cable o por suscripción. De ésta forma un mismo operador podrá prestar servicio en todo el país sin limitaciones. Sin duda esto aumentará la fuerte concentración en la propiedad de los medios.

Además modifica el artículo 40 otorgando “prórrogas sucesivas.” Y como si fuera poco dice también que “Las licencias serán susceptibles de una primera prórroga, por CINCO (5) años, que será automática y a la que tendrá derecho el licenciatario ante el mero pedido previo al ENACOM.” Agrega “Las prórrogas posteriores serán de DIEZ (10) años, y serán otorgadas por el ENACOM”. La Ley de SCA establecía que para prorrogar por única vez la licencia se debía hacer una Audiencia Pública en el lugar de prestación del servicio.

Se modifica además el art 41 permitiendo la trasferencia (compra y venta) de licencias con la autorización posterior del ENACOM. Solo se prohíbe la transferencia de licencias a entidades sin fines de lucro.

Con la modificación del art 63 se permiten las cadenas de repetidoras permitiendo la retransmisión de hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) de sus emisiones mensuales cuando se trate de estaciones localizadas en ciudades con más de 1.500.000 habitantes.

Para los actuales licenciatarios se permite una prórroga automática de sus licencias por 10 años. “Los titulares de licencias legalmente otorgadas para explotar algunos de los servicios regulados por la Ley N° 26.522, vigentes al 1° de enero de 2016, y que reúnan las condiciones establecidas por dicha ley con las modificaciones aquí dispuestas, podrán optar, hasta el 31 de diciembre de 2016, por requerir el otorgamiento de una prórroga por DIEZ (10) años, bajo los términos y condiciones del artículo 40 de la Ley N° 26.522, sin necesidad de aguardar el vencimiento de la licencia actualmente vigente