Judiciales

Violencia de género en General Pico: unifican condenas y pasará un año en prisión

29 septiembre, 2026 a las 22:00

La Justicia revocó la pena condicional de un hombre que volvió a agredir a su pareja. La víctima manifestó “gran temor” y pidió ser alertada el día que el agresor recupere la libertad.

Un hombre oriundo de la provincia de La Pampa fue condenado a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento por agredir físicamente a su pareja, en un claro contexto de violencia de género. El fallo, emitido en la ciudad de General Pico, dispuso unificar esta nueva sanción con una condena previa que el agresor mantenía en suspenso.

Según los detalles de la sentencia, el acusado (no identificado para preservar a la damnificada) fue hallado autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género. Si bien fue absuelto por un cargo de amenazas con arma blanca tras mediar un acuerdo entre las partes, la nueva agresión física comprobada fue suficiente para que perdiera su libertad.

El punto de inflexión de la resolución judicial fue la revocación de una condena condicional de seis meses que el hombre había recibido en septiembre de 2025, dictada en su momento por el juez de Control Ambrogetti. Al reincidir antes de cumplirse los cuatro años que exige el Código Penal para mantener el beneficio de la condicionalidad, la Justicia decidió sumar ambas penas, conformando el total de un año tras las rejas.

El dato más crudo que arroja el fallo es el pánico con el que convive la denunciante. El tribunal ordenó dar estricto cumplimiento a la Ley de Víctimas, informando al Juez de Ejecución Penal que la mujer presenta un especial interés en ser notificada de la fecha exacta de liberación del agresor, tras manifestar “gran temor por tal suceso”.

Finalmente, para resguardar la integridad y privacidad de la víctima, los magistrados impusieron una estricta reserva de las actuaciones. En el marco de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, se prohibió la difusión de identidades, lugares específicos y cualquier dato que permita individualizar a las partes involucradas.

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