Judiciales

Confirman cuatro años de cárcel para un violento que atacó a su expareja por la espalda en un boliche de Bernasconi

8 julio, 2026 a las 13:00
¿Te gusta InfoPico? Agréganos como fuente preferida y aparecemos primero en tus búsquedas
Agregar InfoPico

El Tribunal de Impugnación Penal ratificó la sentencia contra un hombre que le dio una trompada a su exnovia. Como el agresor ya arrastraba una condena en suspenso por hechos previos contra la misma mujer, la Justicia unificó la pena y deberá cumplirla de manera efectiva.

Un cobarde y violento episodio ocurrido en la madrugada del 5 de mayo de 2024 en un club de la localidad de Bernasconi culminó con una dura condena que acaba de ser ratificada por la Justicia pampeana. La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y Paola Frigerio, confirmó la pena de cuatro años de prisión para un hombre de iniciales S.C.F., tras hallarlo culpable de lesiones leves agravadas en un claro contexto de violencia de género.

La víctima había sufrido un acoso constante por parte de su expareja tras finalizar la relación en malos términos. Aquella noche en el local bailable, mientras charlaba con amigas debajo de una escalera y con escasa iluminación, recibió un brutal golpe de puño desde atrás que provocó que su cabeza impactara violentamente contra la pared. Aunque ni ella ni sus amigas vieron el momento exacto en que voló el puñetazo, las testigos escucharon el estruendo y observaron inmediatamente al agresor huir corriendo del lugar.

El abogado defensor, Gastón Eduardo Gómez, intentó voltear la condena inicial dictada por el juez Raúl Miguez Martín. Su principal estrategia fue argumentar que, al no haber testigos presenciales del instante preciso del golpe y al encontrarse la víctima de espaldas, no existían pruebas suficientes para incriminar a su defendido. Para la defensa, el fallo se basaba en “meras suposiciones” que violaban el principio de inocencia.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación rechazó de plano este planteo. Los magistrados sostuvieron que los testimonios de las amigas y la secuencia de los hechos conforman indicios “graves, precisos y concordantes” que no dejan lugar a dudas sobre la autoría del ataque, todo ello enmarcado en la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

El fallo no solo impone un año de prisión por esta última agresión, sino que, además, revoca el beneficio de libertad condicional de una pena anterior de tres años dictada en 2022 por la jueza Laura Moscoso Mendieta, originada en delitos similares contra la misma víctima. Al unificarse ambas condenas, el agresor pasará cuatro años tras las rejas, evidenciando un nulo interés en modificar su conducta y un persistente menosprecio por la integridad de su expareja.