La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, sentenció a Darío Iván Romero, de 37 años, a una pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. La condena fue por los delitos de robo agravado por escalamiento, hurto agravado por escalamiento y dos hechos de estafa. Además, se mantuvo su condición de reincidente.
La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Damián Campos, el propio imputado y su defensor, Alejandro Caram. Según se informó, los damnificados fueron notificados por la fiscalía sobre la modalidad adoptada para finalizar el proceso, sus características y consecuencias jurídicas.
El primer hecho probado ocurrió entre la noche del 22 de agosto de 2025 y la mañana siguiente, cuando Romero, junto a otra persona aún no identificada, escaló el tapial de una vivienda en General Pico. Del patio trasero, donde funcionaba un local comercial, sustrajo de una cámara de frío una res entera y piezas de media res, totalizando aproximadamente 225 kilogramos de carne.
Posteriormente, entre la noche del 25 de septiembre de 2025 y la mañana del día siguiente, Romero volvió a escalar el tapial del mismo inmueble. En esa ocasión, forzó la reja de una ventana de la oficina, ingresó al comercio y sustrajo la suma de $70.000, diversos cortes de carne, fiambres y dos bolsos de tela.
El tercer legajo judicial demostró dos estafas. El 22 de septiembre de 2025, se presentó en una despensa de la ciudad y retiró mercadería por $70.000, simulando una transferencia bancaria que nunca se acreditó. Dos días después, el 24 de septiembre de 2025, repitió la maniobra en un carro de comidas, donde realizó un pedido por un valor de entre $80.000 y $90.000, pagando con una transferencia falsa.
Al fundamentar la pena, la magistrada expresó que “la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitada en el acuerdo”, ya que el Código Procesal Penal de La Pampa establece que en los juicios abreviados no se pueden imponer sanciones más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.
El informe del Registro Nacional de Reincidencia indica que Darío Iván Romero ya registraba una condena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, dictada el 16 de marzo del 2026 en Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires. Por ello, las partes solicitaron la unificación de dicha pena con la actual, componiendo la pena única y total de tres años de prisión efectiva.



