Un cabo de la Policía provincial fue condenado a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y quedó inhabilitado para ejercer cargos en fuerzas de seguridad, tras comprobarse que agredió físicamente y amenazó con su arma reglamentaria a un hombre que se encontraba demorado en la Comisaría Departamental de Eduardo Castex.
El juez de Audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, dictó la sentencia que condena a Facundo Gastón García, un efectivo policial de 29 años, por los delitos de vejaciones en concurso ideal con lesiones leves agravadas por su condición de integrante de las fuerzas de seguridad. Los hechos que motivaron este fallo judicial ocurrieron el 14 de enero de 2024.
Los detalles del hecho
De acuerdo a la reconstrucción realizada durante el debate oral y la prueba aportada por el Ministerio Público Fiscal, la noche del incidente, el ciudadano Jorge Alberto Pellegrino se encontraba alojado en una celda de la dependencia policial castense. Había sido detenido horas antes tras protagonizar una balacera contra una vivienda que, según consta en el legajo, pertenecía a la hermana del policía hoy condenado.
Aprovechando su rol y el acceso a los calabozos, García retiró a Pellegrino de su celda y lo trasladó hacia la cocina de la comisaría, un sector identificado como un “punto ciego” donde no hay cámaras de videovigilancia.
En ese recinto, y durante un lapso de aproximadamente tres minutos, el uniformado insultó al detenido, le aplicó golpes de puño en la zona de las costillas y lo obligó a arrodillarse. Finalmente, cargó su arma reglamentaria y se la apoyó en la cabeza, generando un profundo temor en la víctima.
Las cámaras de seguridad, una prueba clave
Si bien la agresión ocurrió en un lugar sin vigilancia fílmica, las cámaras del pasillo de celdas resultaron fundamentales para la Justicia. Las imágenes mostraron claramente que, al salir de su celda, el detenido caminaba de forma erguida y normal. Sin embargo, al regresar minutos después escoltado por García, Pellegrino se desplazaba encorvado, tomándose el lateral izquierdo del tórax con evidentes signos de dolor, arrojándose inmediatamente al suelo.
Esta situación fue respaldada por el informe de la médica que lo atendió posteriormente en el hospital local, quien constató un “hematoma en región dorsal izquierda baja” y un “trastorno funcional de la marcha por dolor”.
El rechazo a la postura de la Defensa
Durante el juicio, la Defensa intentó desestimar la acusación argumentando que las lesiones se habían producido durante el forcejeo de la detención inicial en la vía pública, llevada a cabo por otro efectivo policial. Además, hizo hincapié en que el denunciante se encontraba bajo los efectos de un “cóctel de drogas” (cocaína, marihuana, y alucinógenos), buscando restarle credibilidad a su testimonio.
No obstante, el juez Boulenaz desestimó estos argumentos. El magistrado concluyó que la fuerza utilizada en la detención inicial fue la “mínima e indispensable” y que las constancias médicas de ese primer momento solo arrojaban escoriaciones en el rostro, sin registrar dolencias en la zona de las costillas. Por lo tanto, se acreditó que el hematoma dorsal fue producto exclusivo de la golpiza propinada por García dentro de la comisaría.
La condena
El fallo judicial determinó para Facundo Gastón García las siguientes penas y medidas:
- Prisión: 1 año y 6 meses de ejecución condicional.
- Inhabilitación: Especial por el doble del tiempo de la condena (3 años) para integrar fuerzas policiales o de seguridad en cualquier escalafón.
- Reglas de conducta: Por el término de dos años, deberá fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras.
- Comunicación oficial: Se ordenó poner en conocimiento de la sentencia a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA).

