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Carros, trailers y seguros: las claves para circular legalmente y evitar dolores de cabeza

18 febrero, 2026 a las 18:00
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Carros, trailers y seguros: las claves para circular legalmente y evitar dolores de cabeza (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
Carros, trailers y seguros: las claves para circular legalmente y evitar dolores de cabeza (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

En su columna habitual sobre seguridad vial en InfoPico Radio 99.9, el especialista Bruno Miño abordó una problemática frecuente en las calles y rutas de La Pampa: el uso de carros de arrastre, la documentación necesaria y los riesgos ocultos con las aseguradoras.

 

El tema surgió a partir de una experiencia personal del propio columnista. Tras sufrir un desperfecto mecánico —se le cortó el cable del embrague—, Miño solicitó asistencia a su seguro. La llegada del auxilio disparó el análisis técnico: el vehículo de remolque portaba una camilla para cargar el auto, lo que cambia radicalmente las exigencias legales para el conductor.

¿Qué licencia necesito para llevar un carro?

Miño explicó que existe una confusión generalizada sobre las categorías del registro de conducir. Muchos conductores creen que con la categoría B (automóviles y camionetas hasta 3.500 kg) es suficiente para cualquier tipo de remolque, pero la normativa es estricta respecto al peso y los ejes.

“Si hubiese llegado una persona con un carrito chico de un solo eje, la categoría B alcanza, porque cubre el acople de hasta 750 kilos. Es el caso de los albañiles o parquistas que llevan la máquina de cortar pasto o la mezcladora”, detalló Miño. Sin embargo, la situación cambia cuando el remolque es más grande.

“Para esa camilla que usan para transportar vehículos o un carro más pesado, la categoría B no alcanza. Sí o sí se tiene que ir a la categoría E, que es para vehículos articulados y es profesional. Si tenés un choque y no tenés la categoría adecuada, la compañía de seguros puede decir que no estás cumpliendo con la ley y no paga”.

El fin de la patente “101” y la homologación obligatoria

Otro punto crítico abordado durante la entrevista fue la legalidad del propio remolque. Durante años, fue costumbre en Argentina pintar el número “101” seguido del dominio del vehículo tractor en la parte trasera del carro. Miño fue tajante al respecto: “El 101 no existe en el registro de la propiedad del automotor, es una chapa antirreglamentaria”.

Para circular en regla, los trailers —ya sean para llevar lanchas a Cuero de Zorro, cuatriciclos a la costa o herramientas de trabajo— deben estar homologados. Esto implica un proceso donde un ingeniero certifica que el carro no está hecho con caños estructurales comunes (que se oxidan y rompen), sino con hierro macizo y bajo normas de seguridad específicas. Una vez aprobado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el carro recibe su propia chapa patente y una cédula verde independiente.

La trampa del seguro

La advertencia más importante de la columna giró en torno a la cobertura del seguro. Muchos vecinos pagan una “extensión” de su póliza para cubrir el trailer, creyendo que con eso están protegidos. Sin embargo, la letra chica de la Ley 24.449 puede dejar al conductor desamparado ante un siniestro.

“El seguro va a pagar siempre y cuando estés dentro de la ley. Si ese carrito que enganchaste no tiene la documentación ni la homologación, está fuera de reglamento. Entonces, la compañía puede decir: ‘usted pagó la extensión, pero el vehículo no es legal’, y no te cubre”, advirtió Miño.

Para cerrar, el especialista recomendó a los pampeanos asesorarse y regularizar la situación de sus trailers, ya sea mediante la homologación técnica o asegurándose de tener la categoría de licencia correspondiente, para evitar que un incidente vial se transforme en un problema económico y legal de magnitud.

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