Judiciales

Peculado en Rucanelo: el Superior Tribunal de Justicia dejó firme la condena contra Pablo Muse

26 diciembre, 2025 a las 15:00
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa desestimó un recurso de casación y ratificó la condena contra Pablo Emanuel Lázaro Muse, presidente de la comisión de fomento de Rucanelo. La sentencia, que ahora queda firme, es de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, por encontrarlo autor de los delitos de peculado y uso de documento privado falso, reiterados en 266 oportunidades.

La decisión fue tomada por la Sala B del STJ, integrada por los ministros Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, quienes confirmaron lo resuelto previamente por el Tribunal de Impugnación Penal. En la causa se probó que Muse sustrajo fondos del erario público por un monto de 3.465.769,50 pesos a valores históricos. Dicha cifra, al momento del juicio oral realizado a fines de mayo del año pasado en General Pico, ya ascendía a 17 millones de pesos.

La maniobra delictiva consistió en la presentación de 266 facturas apócrifas ante el Tribunal de Cuentas para justificar el desvío de fondos que estaban bajo su administración. Según el fallo, el imputado libró cheques “al portador” de una cuenta del Banco de La Pampa perteneciente a la comisión de fomento, incumpliendo la normativa provincial que exige emitir cheques “cruzados” y “no a la orden” para garantizar la trazabilidad de los pagos de la administración pública.

El objetivo de la maniobra era justificar gastos que no existieron o no se correspondían con lo facturado. La resolución judicial indica que “la metodología descripta le permitió sustraer dinero de la administración pública desconociéndose el uso que le dio”. La pena original fue impuesta por el Tribunal de Audiencia de General Pico, conformado por la jueza María José Gianinetto y los jueces Marcelo Pagano y Carlos Federico Pellegrino, a pedido del fiscal general Armando Agüero.

En su recurso, la defensa de Muse, a cargo de Gastón Gómez, argumentó una supuesta violación al principio de inocencia y una errónea valoración de la prueba, además de sostener que no se había comprobado el dolo del acusado. Sin embargo, los ministros del STJ replicaron que “las maniobras orquestadas por Muse para la sustracción de fondos pertenecientes al erario público fueron debidamente comprobadas”.

Finalmente, el Superior Tribunal concluyó que la defensa pretendía que la Sala reexaminara la totalidad de las pruebas o reclasificara la conducta como peculado culposo, cuestiones que son ajenas a la competencia de un recurso de casación y que corresponden a etapas ya concluidas del proceso judicial. Por ello, los cuestionamientos sobre una presunta arbitrariedad en el fallo fueron desestimados.