A través del Decreto N° 2443, el Ejecutivo Provincial estableció el nuevo piso para las jubilaciones y pensiones del Instituto de Seguridad Social (ISS). La medida tiene vigencia retroactiva al 1 de octubre y también actualiza los coeficientes para los regímenes civil y docente.
En una decisión que impacta directamente en el bolsillo del sector pasivo provincial, el Gobierno de La Pampa oficializó los nuevos montos para el sistema previsional. La normativa, firmada por el gobernador Sergio Ziliotto y refrendada por los ministros de Desarrollo Social y Hacienda, fue publicada en el último Boletín Oficial.
Nuevo haber mínimo garantizado
Según lo establece el artículo 2º del decreto, a partir del 1 de octubre de 2025, el Haber Mínimo para las prestaciones jubilatorias a cargo del Instituto de Seguridad Social se fijó en $798.475 (setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco pesos).
Este nuevo piso salarial alcanza a todos los regímenes vigentes bajo la órbita provincial, incluyendo también el Retiro Especial acordado por la Ley N° 2341.
Actualización de la Movilidad: Civiles y Docentes
Además del aumento en la mínima, el decreto actualiza los valores para la movilidad de los haberes generales, basándose en la variación de los sueldos promedio de los trabajadores activos.
Según el anexo de la normativa, los incrementos aplicados desde octubre son los siguientes:
- Régimen Civil: Se aplicó un coeficiente de variación de 1,0197, lo que representa un incremento del 1,97% sobre los haberes de septiembre. El sueldo promedio de referencia para este sector pasó de $1.606.704,91 a $1.638.427,58.
- Régimen Docente: Para el sector educativo, el coeficiente de variación fue de 1,0200, traduciéndose en un incremento del 2,00% respecto al mes anterior. En este caso, el promedio de remuneraciones de referencia subió de $1.039.867,68 a $1.060.665,03.
La medida busca mantener la proporcionalidad de los haberes pasivos en relación con los aumentos otorgados a los trabajadores activos de la administración pública provincial, en el marco de la Norma Jurídica de Facto N° 1170.



