La provincia de La Pampa, una de las pocas que aún no ha adherido a la Ley Nacional de Riesgo del Trabajo, se encuentra debatiendo un proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que busca implementar dicha normativa. Sin embargo, la propuesta genera serias dudas y críticas por parte de especialistas. En diálogo con INFOPICO RADIO 99.9, el abogado Pablo Rodríguez Salto analizó los puntos más controvertidos de la iniciativa y advirtió que, en su forma actual, la ley perjudicará tanto a los trabajadores como a los empleadores pampeanos, beneficiando únicamente a las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART).
En pocas líneas
- La Pampa debate adherir a la Ley Nacional de Riesgo del Trabajo, generando controversia por posible perjuicio a trabajadores y empleadores.
- Un punto crítico es el plazo de caducidad de 45 días hábiles para impugnar decisiones de la Comisión Médica, limitando el acceso a la justicia para los trabajadores.
- La ley obligaría al trabajador a contratar un médico particular para impugnar el dictamen de la Comisión Médica, dificultando el inicio de acciones legales.
- Se advierte que, de aprobarse la ley tal como está, podría aumentar los juicios contra empleadores pampeanos en lugar de disminuirlos.
Rodríguez Salto explicó que históricamente La Pampa no adhirió porque “el Estado entendió que no era conveniente a los intereses de los trabajadores”. En ese sentido, se mostró sorprendido de que el actual proyecto provenga del propio Ejecutivo provincial. Según la gacetilla oficial, los objetivos son “garantizar derechos” y “disminuir la alta litigiosidad judicial”, algo que el letrado comparó con “cuando uno quiere vender un auto, detalla las cosas que entiende que le parecen extraordinarias”.
Los puntos críticos de la adhesión propuesta
El principal problema, según el abogado, no es la adhesión en sí misma, sino “la forma en que lo quiere hacer la Provincia de La Pampa”. Uno de los aspectos más perjudiciales es la imposición de un plazo de caducidad de 45 días hábiles para que un trabajador pueda impugnar judicialmente una decisión de la Comisión Médica. “Normalmente, cuando uno tiene un accidente de trabajo, tiene un plazo de dos años desde el alta médica para ejercer sus acciones judiciales. Esto lo reduciría a 45 días hábiles”, señaló. “Significa que si no interpusiste la demanda en esos 45 días, sonaste contra la ART”, sentenció.
Esta restricción, advirtió Rodríguez Salto, generará un efecto no deseado que impactará directamente en las empresas locales. “Si al trabajador le caduca la acción contra la ART, le va a hacer juicio al empleador. ¿Eso quiere el estado pampeano? Porque esta ley lo fomenta”, cuestionó. De esta manera, en lugar de disminuir la cantidad de juicios, la ley podría desviar los reclamos desde las aseguradoras —empresas con grandes patrimonios y de otras provincias— hacia los empleadores pampeanos.
“Esta ley de adhesión hace todo lo posible para que el trabajador no pueda defender sus derechos en la justicia. Le cierra todas las puertas que puede y le deja abierta la que es contra los empleadores”, afirmó el especialista.
Más barreras para el acceso a la justicia
El proyecto suma otro obstáculo para el trabajador: para iniciar la demanda dentro de esos 45 días, se le exige presentar un certificado médico particular que contradiga el dictamen de la Comisión Médica. “O sea que dentro de esos 45 días el trabajador tiene que contratar y pagar de su bolsillo un médico que lo revise”, explicó Rodríguez Salto, calificando este requisito como una medida para “complicarle al trabajador el ingreso a la vía judicial”, ya que de todas formas en el juicio interviene un perito médico designado por la justicia.
Además, la ley establece que en la etapa judicial solo se podrán discutir las cuestiones que ya se hayan planteado en la instancia administrativa ante la Comisión Médica. Esto limita enormemente la defensa del trabajador, ya que temas complejos como la relación de causalidad entre la lesión y el accidente o el cálculo de las indemnizaciones no pueden desarrollarse adecuadamente en una audiencia administrativa.
Existen alternativas menos perjudiciales
Rodríguez Salto aclaró que no se opone por completo a la adhesión, ya que las comisiones médicas pueden actuar con celeridad en ciertos casos, pero insistió en que La Pampa puede optar por un modelo mejor. Mencionó que otras provincias adhirieron sin plazos de caducidad o con plazos más extensos. Incluso, recordó que la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional un plazo de 90 días, el doble del que se propone en La Pampa.
Finalmente, el abogado hizo un llamado a un debate más profundo y a la participación de todos los sectores involucrados. “Deberían oponerse no sólo los sindicatos, sino también los empresarios nucleados en las distintas organizaciones”, recomendó. Concluyó que el proyecto, tal como está redactado, es una “pésima idea” cuyas consecuencias “van a ser malas para los trabajadores pampeanos y malas para los empleadores. Los que van a festejar son las ART”.

