Judiciales

El abogado Pablo Rodríguez Salto analizó la implementación del juicio por jurados en La Pampa: “fomenta la imparcialidad”

27 agosto, 2025 a las 08:00
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En el marco del tratamiento de un proyecto de ley para instaurar el juicio por jurados en la provincia, impulsado por el diputado Hernán Pérez Araujo, InfoPico Radio convocó al abogado Pablo Rodríguez Salto para analizar las implicancias, ventajas y críticas de este sistema. El letrado se mostró muy a favor de la iniciativa, destacando que promueve decisiones judiciales más despojadas de presiones externas.

En pocas líneas

  • El abogado Pablo Rodríguez Salto apoya el proyecto de ley del juicio por jurados, argumentando que la falta de dependencia del sistema judicial fomenta la imparcialidad en los jurados.
  • Si bien se critica la falta de fundamentación escrita en los veredictos y la aplicación de perspectiva de género, Salto considera que la participación ciudadana reduce sesgos.
  • La selección del jurado es aleatoria, buscando diversidad, y excluye a ciertos profesionales para asegurar imparcialidad.
  • Salto considera el juicio por jurados superior al sistema actual, especialmente en casos con presión pública.

En el inicio de la charla, Rodríguez Salto expresó su opinión favorable sobre la propuesta: “Me parece que el hecho de que a los jurados los designen para juzgar un caso en particular y después se vayan a su casa, y por lo tanto no tengan una responsabilidad ulterior que cuidar, fomenta la imparcialidad y que hagan el trabajo de una manera verdadera”.

El abogado explicó que un ciudadano común que participa como jurado, al no depender del sistema judicial para su carrera o futuro profesional, puede tomar decisiones sin temor a posibles represalias o presiones. “La gente termina su trabajo y se va a trabajar de albañil, de almacenero, a lo que sea. Por lo tanto, no depende del hecho en si mañana va a ascender o no”, subrayó, diferenciándolo de la carrera de un juez profesional.

Críticas y defensas del sistema

Consultado sobre los cuestionamientos que recibe este modelo de justicia, Rodríguez Salto identificó dos críticas principales. La primera es que el jurado emite un veredicto de “culpable” o “inocente” sin una fundamentación escrita. “Esa es la gran crítica que existe. Las respuestas son medio técnicas, pero tienen que ver con lo que se apela, que son las instrucciones que le dio el juez al jurado”, detalló.

La segunda crítica se centra en la aplicación de la perspectiva de género, especialmente en delitos de índole sexual. Al respecto, el abogado consideró: “Yo creo que la gente que escucha un juicio y ve las pruebas de manera directa, no va a juzgar necesariamente con una posición machista. Sobre todo, porque son doce personas”.

Rodríguez Salto desmitificó la idea de que los ciudadanos no están capacitados para esta tarea. Citando estudios de otros países, afirmó que las personas asumen este rol con gran responsabilidad cívica. “La gente tiende a tomárselo muy seriamente. Cuando se le explica con un lenguaje entendible de qué se trata lo que tienen que juzgar, termina tomando una decisión que en la mayoría de los casos un abogado formado, que haya mirado ese juicio de manera desapasionada, coincide”.

¿Cómo funcionaría el juicio por jurados?

El letrado explicó algunos aspectos prácticos del sistema:

  • Alcance: Generalmente, se reserva para los delitos más graves, ya que su implementación es costosa y requiere movilizar a un número considerable de personas.
  • Selección del jurado: El proceso comienza con una selección aleatoria por sistema informático sobre el padrón poblacional. Se busca garantizar una representación diversa de la sociedad. De un grupo grande preseleccionado, las partes (fiscalía y defensa) realizan preguntas para descartar a aquellos con subjetividades o inclinaciones que puedan afectar la imparcialidad.
  • Exclusiones: No pueden ser jurados los abogados, personas con condenas penales, miembros del Poder Judicial ni personal de fuerzas de seguridad, entre otros.
  • Veredicto: Dependiendo del sistema que se adopte, para alcanzar una condena se puede requerir unanimidad o una mayoría calificada (por ejemplo, diez de los doce miembros).

Finalmente, Pablo Rodríguez Salto reiteró su respaldo a la iniciativa, considerándola superior al sistema actual en ciertos contextos. “En casos donde la opinión pública en general ejerce cierta presión, yo le creo más a la imparcialidad de un jurado que a la de ciertos jueces”, concluyó.