Judiciales

La Justicia pampeana le pone reglas a la Inteligencia Artificial: qué está permitido y qué prohibido para jueces y abogados

21 octubre, 2026 a las 11:00
La Justicia pampeana le pone reglas a la Inteligencia Artificial: qué está permitido y qué prohibido para jueces y abogados (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
La Justicia pampeana le pone reglas a la Inteligencia Artificial: qué está permitido y qué prohibido para jueces y abogados (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

En un paso hacia la modernización de la administración de justicia, el máximo tribunal provincial estableció un conjunto de directrices para asegurar el uso ético, responsable y transparente de la Inteligencia Artificial (IA) por parte de los integrantes del Poder Judicial y los profesionales auxiliares.

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa aprobó el martes 13 de octubre de 2026 el nuevo “Protocolo de buenas prácticas para el uso de Inteligencia Artificial (IA) en el Poder Judicial de La Pampa”. Esta nueva política institucional tiene como objetivo principal modernizar los procesos judiciales, optimizar los tiempos de ejecución de las tareas y asegurar un acceso eficiente a la información.

El documento fija pautas claras para todos los integrantes del Poder Judicial y los profesionales auxiliares de la administración de justicia que decidan incorporar la IA como una herramienta de apoyo en sus labores cotidianas. Uno de los puntos más destacados y contundentes de la normativa es la estricta prohibición de delegar la toma de decisiones a estos sistemas. La acordada remarca de manera contundente que el análisis jurídico, la interpretación de las leyes y la resolución final de cada caso recaen pura y exclusivamente sobre los operadores judiciales.

La protección de la información representa otro de los ejes vertebrales del protocolo. El máximo tribunal exige preservar la confidencialidad de los datos personales y sensibles que tramitan en la justicia provincial. Por este motivo, se obliga a los usuarios a adoptar mecanismos de anonimización para suprimir o reemplazar cualquier referencia que revele datos confidenciales, y se prohíbe terminantemente incluir información personal al momento de darle instrucciones a herramientas externas de IA.

Por otra parte, la normativa pone el foco en el respeto a los derechos fundamentales y la igualdad de género. Los operadores y profesionales tienen el deber ineludible de evaluar rigurosamente las respuestas de la IA para garantizar que no reproduzcan sesgos, prejuicios ni refuercen estereotipos de género o discriminaciones históricas que afecten a mujeres y diversidades.

A su vez, el Superior Tribunal de Justicia advirtió sobre el riesgo inherente de las “alucinaciones”, es decir, la posibilidad de que la IA invente información, antecedentes o textos que no existen. Ante esto, se estableció la obligatoriedad de controlar, verificar y confirmar minuciosamente cada cita normativa, doctrinaria o jurisprudencial arrojada por la herramienta.

Por último, el protocolo deja en claro que el uso de estas innovaciones tecnológicas no exime ni disminuye en absoluto las responsabilidades de los funcionarios, magistrados y abogados. Por el contrario, su utilización demanda extremar la diligencia, exigiendo en todas las etapas una permanente supervisión humana para proteger la seguridad jurídica y el debido proceso.

A partir del nuevo “Protocolo de buenas prácticas para el uso de Inteligencia Artificial (IA) en el Poder Judicial de La Pampa”, se establecen reglas claras para su implementación. A continuación, se detallan 10 acciones permitidas y 10 prácticas estrictamente prohibidas para los operadores y auxiliares de la justicia.

10 cosas permitidas:

  1. Utilizar las herramientas de Inteligencia Artificial como un sistema de apoyo y complemento para optimizar la labor judicial y profesional.
  2. Emplear los resultados generados por la IA para complementar el análisis jurídico realizado previamente con otros métodos y fuentes.
  3. Adoptar mecanismos de anonimización y seudonimización para eliminar cualquier referencia personal o confidencial de los documentos antes de ingresarlos al sistema.
  4. Redactar “prompts” (instrucciones) con perspectiva de género, procurando utilizar lenguaje inclusivo y respetando la diversidad.
  5. Optar por el uso de modelos de IA abiertos y transparentes, que posean sistemas explicables que permitan auditar cómo se generó una respuesta.
  6. Informar explícitamente a las partes qué herramientas tecnológicas de IA y qué versiones específicas se han utilizado para asistir en la redacción de un documento.
  7. Facilitar mecanismos para que los interesados tengan la oportunidad de impugnar o apelar las decisiones que hayan sido respaldadas por sistemas de IA.
  8. Especificar detalladamente en las instrucciones brindadas a la IA el contexto jurisdiccional, el fuero (penal, civil, comercial, laboral), y la normativa aplicable para obtener respuestas exactas.
  9. Indicar a la herramienta qué rol debe asumir (por ejemplo, como juez o abogado), quién es el destinatario final del texto y qué tono o formato de redacción se requiere.
  10. Solicitar a los sistemas de IA conectados a internet que incluyan las referencias de sus fuentes, para luego proceder a su correspondiente verificación manual.

10 cosas prohibidas:

  1. Delegar en la Inteligencia Artificial la toma de decisiones finales, cuya responsabilidad recae de forma exclusiva sobre los operadores judiciales.
  2. Excederse en la confianza técnica hacia los resultados de la IA, omitiendo la obligatoria valoración y verificación humana del contenido obtenido.
  3. Incluir datos personales, información confidencial, nombres propios o documentos sensibles en las instrucciones de herramientas externas de IA.
  4. Validar u homologar respuestas generadas por la IA que refuercen estereotipos de género, contengan prejuicios o promuevan discriminaciones sistemáticas o históricas.
  5. Divulgar cualquier tipo de información sensible de los expedientes en plataformas de Inteligencia Artificial que no cuenten con políticas y garantías de seguridad comprobadas.
  6. Emplear sistemas de IA que no garanticen la privacidad de la información, permitiendo la retención o reutilización de los datos ingresados para entrenar al modelo.
  7. Presentar citas normativas, doctrinarias o jurisprudenciales proporcionadas por la IA sin haber revisado con detenimiento y confirmado previamente su existencia y exactitud.
  8. Ocultar el uso de estas herramientas; todos los documentos jurídicos, peritajes o pruebas generados con IA tienen prohibido presentarse sin estar claramente identificados como “asistidos por IA”.
  9. Eximirse, trasladar o disminuir las responsabilidades legales correspondientes al cargo del usuario escudándose en errores o fallas cometidas por la Inteligencia Artificial.
  10. Utilizar resultados directos de la IA sin corroborar que estos no contengan “alucinaciones”, es decir, información falsa, inventada, adulterada o ilegítima.
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