Luego de la controversia generada por la familia de contención de Rancul, quienes denunciaron que la orden de restituir al niño de cuatro meses les fue comunicada mediante un simple mensaje de mensajería instantánea, el Poder Judicial pampeano formalizó sus procedimientos. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) aprobó un nuevo marco reglamentario para la notificación de medidas preventivas urgentes y autosatisfactivas dispuestas por los Juzgados de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes.
El acuerdo, firmado el 13 de octubre de 2026, busca instaurar un sistema general de notificación de oficio para evitar dilaciones innecesarias y brindar una adecuada protección institucional ante situaciones de vulnerabilidad. Según los ministros del STJ, el factor tiempo es determinante para abordar situaciones de riesgo, por lo que resulta esencial contar con un trámite ágil que articule de un modo más fluido la intervención de los distintos organismos.
De acuerdo con la nueva normativa, las notificaciones serán realizadas de oficio por el Juzgado que las haya dictado, centralizando la gestión a través del Sistema Informático de Gestión de Expedientes (SIGE). La notificación al destinatario ya no quedará librada a vías informales, sino que se hará efectiva directamente a través de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia o de la dependencia policial que corresponda.
Para garantizar la transparencia y el resguardo legal, el instrumento entregado deberá cumplir obligatoriamente con los recaudos del artículo 128 del Código Procesal Civil y Comercial de La Pampa. El documento incluirá un código de validación que permitirá a las partes ingresar a la página web del Poder Judicial para visualizar el número de expediente, la carátula, el texto completo de la resolución, la firma del juez interviniente y la fecha de publicación. Asimismo, las constancias del envío y de su efectivo diligenciamiento deberán quedar disponibles en el sistema SIGE.
Este riguroso procedimiento comenzará a regir a partir del 1 de noviembre de 2026, aplicándose en una primera etapa en la Primera Circunscripción Judicial, con la previsión de extenderlo gradualmente a las demás circunscripciones atendiendo a los resultados de su implementación.
