Un hombre de 41 años fue condenado en la ciudad de Santa Rosa a la pena de siete meses de prisión en suspenso, tras ser hallado autor material y penalmente responsable de agredir físicamente a su hijo de 14 años y amenazar de muerte tanto al adolescente como a su hermana menor. El fallo se concretó luego de la homologación de un acuerdo de juicio abreviado.
La sentencia fue dictada este martes 13 de octubre por la jueza de Control, María Florencia Maza. El acuerdo previo contó con la participación y rúbrica del fiscal actuante, Cristian Alejandro Ramón Casais, la defensora oficial, Paula Lorena Arrigone, y el propio imputado —cuyos datos filiatorios se mantienen en reserva para proteger la identidad de las víctimas menores de edad—, un changarín que no registraba antecedentes penales.
El violento episodio
De acuerdo a lo detallado en el expediente judicial, el hecho de violencia familiar ocurrió el pasado 4 de marzo de 2026. Todo se desencadenó cuando el adolescente de 14 años salió del establecimiento educativo al que asiste, donde las autoridades le habían realizado una nota en el cuaderno por mal comportamiento.
Ante esta situación, su padre lo interceptó y le manifestó: “Vení, hacete el vivo conmigo”. Acto seguido, comenzó a propinarle golpes de puño y patadas en la cabeza y en distintas partes del cuerpo, provocando que el menor cayera al suelo.
Lejos de deponer su actitud, el agresor tomó a su hijo del cuello durante varios segundos y luego lo arrastró hacia una habitación, donde lo dejó encerrado durante toda la noche. Asimismo, durante esa misma jornada, el hombre amenazó de muerte tanto al joven agredido como a su otra hija, una niña de 12 años, advirtiéndoles que los iba a matar si contaban lo sucedido.
Posteriormente, el examen médico legal constató que el adolescente presentaba diversas lesiones en el rostro a nivel frontal, un traumatismo en el pabellón auricular izquierdo con hematoma leve, y escoriaciones en el tórax anterior, en el brazo izquierdo y en la región dorsal.
Calificación legal y reglas de conducta
La magistrada encuadró el accionar del acusado bajo la calificación legal de “lesiones leves calificadas por el vínculo, en concurso real con amenazas simples”.
Además de los siete meses de prisión de ejecución condicional, la jueza Maza le impuso al condenado el cumplimiento estricto de una serie de pautas de conducta por el plazo de dos años, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento:
- Prohibición de acercamiento y contacto: Deberá abstenerse de entrar en contacto con sus dos hijos y no podrá acercarse a menos de 200 metros de su domicilio o de los lugares donde los menores se encuentren. La restricción abarca cualquier vía: personal, a través de terceros, telefónica o informática, salvo que en el futuro exista un criterio distinto por parte de la Dirección General de Niñez y Adolescencia de La Pampa.
- Tratamiento psicoterapéutico: Tendrá la obligación de asistir al Dispositivo Psico-socio-educativo de atención a varones condenados por hechos de violencia, propuesto por la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la Ley Penal.
- Control judicial: Deberá fijar un domicilio del cual no podrá ausentarse sin autorización judicial y presentarse del 1 al 5 de cada mes ante el organismo de supervisión correspondiente.
