Judiciales

Escándalo en el trabajo: condenan a un jefe por acoso sexual y por permitir que su esposa golpee a una empleada

11 octubre, 2026 a las 14:00
Escándalo en el trabajo: condenan a un jefe por acoso sexual y por permitir que su esposa golpee a una empleada (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
Escándalo en el trabajo: condenan a un jefe por acoso sexual y por permitir que su esposa golpee a una empleada (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

La Justicia pampeana falló a favor de una trabajadora que fue víctima de constantes insinuaciones de su empleador y que terminó siendo humillada y echada a los golpes por la pareja del empresario. La Cámara de Apelaciones confirmó la indemnización por daño moral con una fuerte perspectiva de género.

En un caso que expone los oscuros rincones del abuso de poder en el ámbito laboral, la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó una dura condena contra un empleador por acoso y violencia de género. La víctima, una trabajadora cuya identidad fue preservada, no solo soportó el asedio sistemático de su jefe, sino que el calvario culminó cuando la esposa del demandado irrumpió en su lugar de trabajo para agredirla, humillarla y expulsarla, todo ante la mirada inactiva de su empleador.

La historia tiene un contundente correlato judicial. Según consta en el expediente de la sentencia dictada el 1 de octubre de 2026, la trabajadora padecía un flujo constante de mensajes con claras insinuaciones de índole afectivo-sexual por parte de su patrón. La mujer rechazaba estos avances, inmersa en el lógico temor de perder su única fuente de ingresos ante la marcada asimetría de poder.

El punto de quiebre ocurrió el 29 de mayo de 2024. Ese día, la cónyuge del empleador llegó al establecimiento y atacó violentamente a la empleada. Lejos de intervenir para proteger a su dependiente o garantizarle un espacio seguro como exige la ley, el jefe optó por el silencio, permitiendo que la echaran de la peor manera.

El empresario intentó apelar la sentencia de primera instancia alegando que no existía una pericia psicológica que demostrara el daño espiritual de la víctima de manera científica, y que la condena inicial carecía de fundamentos. Sin embargo, los jueces de cámara, María Anahí Brarda y Gustavo Raúl Arballo, desestimaron estos argumentos de plano.

En un fallo fundamentado en el Convenio 190 de la OIT y la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, los magistrados determinaron que la falta de un informe psicológico no invisibiliza el daño moral sufrido. Destacaron que el hostigamiento, la humillación, la afectación de la dignidad y el episodio de violencia quedaron sobradamente probados mediante múltiples indicios, entre ellos, las capturas de pantalla de los chats aportados en la denuncia penal.

La sentencia subraya que el empleador violó de manera flagrante su deber de garantizar condiciones dignas de trabajo, omitiendo preservar la integridad física y moral de su empleada. De esta forma, la Justicia pampeana envía un mensaje claro: el acoso y la violencia laboral, ya sea por acción directa o por omisión cómplice, no quedan impunes y exigen una reparación integral.

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