El Tribunal de Impugnación Penal ratificó el fallo contra el acusado. Los aberrantes hechos ocurrieron en Santa Rosa entre 2018 y 2019. Como el agresor era adolescente al momento de los abusos, deberá cumplir estrictas pautas socioeducativas y no podrá acercarse a la víctima.
En un fallo que pone de relieve la importancia de escuchar a las infancias, la Justicia pampeana confirmó la declaración de autoría y responsabilidad penal contra un joven que abusó sexualmente con acceso carnal de su propia sobrina cuando ella tenía apenas entre 6 y 7 años de edad.
La resolución fue dictada por el juez Filinto Rebechi, integrante del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), quien rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado. Los episodios tuvieron lugar entre los años 2018 y 2019 en una vivienda de la ciudad de Santa Rosa, mientras los abuelos de la pequeña dormían. Al momento de los hechos, el agresor tenía 16 y 17 años, por lo que el caso se enmarcó dentro del Régimen Penal Juvenil provincial (Ley 3353).
El grito de ayuda
El calvario de la víctima salió a la luz tiempo después, gracias a la vital intervención del equipo técnico de su escuela. Docentes y compañeros notaron comportamientos preocupantes en la niña, quien manifestaba “no tener ganas de vivir”. A través de mensajes de WhatsApp, la menor le había confesado a una amiga que estaba muy mal y pensaba en quitarse la vida, lo que derivó en la urgente intervención de profesionales de la psicología.
En ese espacio terapéutico seguro, la niña pudo poner en palabras el horror vivido, señalando a su tío como el responsable y rompiendo el silencio tras años de angustia y miedo.
El rechazo a la apelación
La defensora oficial, Vanesa Silvana Ortiz, había solicitado que se revocara la condena y se dictara la absolución del joven alegando el beneficio de la duda (*in dubio pro reo*). Argumentó que el testimonio de la menor en Cámara Gesell carecía de respaldo suficiente y cuestionó el tiempo transcurrido entre los hechos y la denuncia.
Sin embargo, el juez Rebechi fue contundente al respaldar la decisión original dictada por el juez de Audiencia, Andrés Aníbal Olié. Basándose en los contundentes informes de las peritos psicólogas, la sentencia destacó que el relato de la niña fue “coherente, lógico y no de memoria”, descartando de plano cualquier tipo de fabulación o influencia externa. Los informes demostraron el profundo daño psicológico, el retraimiento y la vulnerabilidad que los abusos dejaron en la menor.
Al tratarse de un delito cometido durante su minoría de edad, la Justicia impuso a Pereyra un año de estrictas medidas socioeducativas. Entre las pautas fijadas, tiene prohibición absoluta de acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y su madre, deberá culminar sus estudios secundarios, someterse a acompañamiento comunitario por parte de la Dirección de Niñez y continuar con un tratamiento psicológico obligatorio.
