El Tribunal de Impugnación Penal ratificó la pena de tres años de prisión condicional y siete de inhabilitación para conducir para José María Mancilla. La Justicia descartó que la víctima tuviera la culpa del siniestro, argumentando que el brutal exceso de velocidad de la camioneta fue determinante.
El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa confirmó la sentencia contra José María Mancilla, el conductor de una camioneta Toyota Hilux que, en diciembre de 2023, provocó un choque fatal en el ingreso a la localidad de Algarrobo del Águila. En el trágico impacto perdió la vida José Roberto Correa, mientras que dos de sus acompañantes, Yanina y un menor L. C., sufrieron lesiones gravísimas.
El hecho ocurrió la mañana del 29 de diciembre en la intersección de la Ruta Nacional Nº 151 y la Ruta Provincial Nº 10. Correa, a bordo de un Fiat Cronos, aguardaba correctamente en la dársena con las luces de giro encendidas para ingresar a la localidad. Cuando inició la maniobra de cruce, fue embestido violentamente por la Hilux de Mancilla.
Durante la etapa de impugnación, la defensora oficial María Soledad Trimboli intentó revertir la condena argumentando que la culpa del siniestro había sido de la propia víctima. Según la abogada, Correa realizó una “maniobra temeraria” al iniciar el cruce cuando la camioneta estaba a unos 80 metros de distancia, sosteniendo que el conductor fallecido abandonó sus “deberes de autoprotección”.
Sin embargo, los jueces María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi fueron categóricos al rechazar este planteo. Basándose en pericias y grabaciones de cámaras de seguridad, los magistrados determinaron que Mancilla circulaba a una velocidad de entre 124 y 127 kilómetros por hora en una zona que, por su cartelería y cintas reductoras, exigía un máximo de 60 km/h.
En su voto, la jueza Frigerio subrayó un dato revelador expuesto por los peritos criminalísticos: al circular a semejante velocidad, la camioneta de Mancilla tardó apenas 2,52 segundos en recorrer los casi 90 metros que la separaban del auto de la víctima. “La distancia física no puede ser analizada aisladamente de la velocidad a la que se desplazaba”, indicó el tribunal, remarcando que es totalmente razonable que un automovilista inicie un cruce confiando en que el resto de los vehículos respeta los límites legales permitidos.
De esta forma, la Sala B del TIP dejó firme el fallo dictado originalmente por la jueza María José Gianinetto, que condena a Mancilla a tres años de prisión en suspenso y le prohíbe manejar cualquier tipo de vehículo automotor por los próximos siete años, al hallarlo culpable de homicidio culposo y lesiones graves culposas, agravado por la conducción imprudente y el exceso de velocidad.

