Judiciales

Revés judicial para un padre: deberá mantener la cuota alimentaria del 20% a su hija con esquizofrenia

29 septiembre, 2026 a las 09:00
Revés judicial para un padre: deberá mantener la cuota alimentaria del 20% a su hija con esquizofrenia (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
Revés judicial para un padre: deberá mantener la cuota alimentaria del 20% a su hija con esquizofrenia (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa modificó un polémico fallo de primera instancia. Determinó que la joven, quien padece severos problemas de salud mental, no necesita restringir su capacidad jurídica para seguir recibiendo el sustento económico.

En un fallo que sienta un fuerte precedente sobre los derechos de las personas con discapacidad, la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa le ordenó a un hombre continuar abonando el 20% de sus ingresos como cuota alimentaria para su hija mayor de edad.

El conflicto legal comenzó cuando el padre solicitó en la justicia el cese automático de los alimentos argumentando que la joven ya había alcanzado los 21 años, edad límite fijada en la responsabilidad parental ordinaria. La hija, sin embargo, se opuso relatando un dramático contexto: aseguró encontrarse imposibilitada para trabajar tras haber desarrollado esquizofrenia y severos cuadros psicóticos luego de haber recibido una golpiza por parte de su progenitor.

En primera instancia, el Juzgado de Familia había emitido una resolución controvertida. Si bien reconoció la vulnerabilidad de la víctima, redujo la cuota a la mitad (10%), le impuso una fecha de vencimiento de un año, y la obligó a iniciar un proceso legal para restringir su capacidad jurídica como condición para seguir cobrando.

Al intervenir tras las apelaciones cruzadas, los jueces Fabiana B. Berardi y Gustavo Arballo corrigieron enfáticamente esta decisión. La Cámara de alzada determinó que la presentación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) expedido por el Estado es prueba absoluta de la condición de la joven, volviendo totalmente innecesario e injusto obligarla a ser declarada incapaz.

Asimismo, el tribunal revocó el recorte de los fondos, restituyendo la cuota original del 20% histórico que regía anteriormente, y eliminó el plazo de caducidad. De esta manera, el padre deberá seguir enfrentando el descuento directo sobre su recibo de sueldo por tiempo indefinido, sustentado en el principio de solidaridad familiar y el deber alimentario irrenunciable entre parientes.

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