Judiciales

Revés judicial para un abusador: el STJ anuló su absolución y validó la Cámara Gesell de la víctima

28 septiembre, 2026 a las 16:00
Revés judicial para un abusador: el STJ anuló su absolución y validó la Cámara Gesell de la víctima (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
Revés judicial para un abusador: el STJ anuló su absolución y validó la Cámara Gesell de la víctima (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

El máximo tribunal pampeano revocó un polémico fallo del Tribunal de Impugnación que había liberado a un hombre condenado a 10 años de prisión por abuso sexual infantil. La Justicia priorizó el relato espontáneo de la niña por sobre los tecnicismos legales de la defensa.

En un fallo que sienta un importante precedente sobre los derechos de las infancias, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa resolvió anular la absolución de H. E. L., un hombre que inicialmente había sido condenado a 10 años de prisión por abusar sexualmente de una niña de 9 años.

El caso dio un giro polémico cuando la Sala A del Tribunal de Impugnación (TIP) decidió dejar en libertad al acusado tras invalidar el testimonio de la menor en Cámara Gesell. Durante aquella entrevista judicial, que originalmente investigaba a otras personas, la niña reveló espontáneamente los abusos perpetrados por “el negro L”. El TIP argumentó que, como el hombre no era sospechoso hasta ese momento exacto, no contaba con un abogado defensor presente en la audiencia, lo que representaba una violación a sus garantías constitucionales.

Sin embargo, los ministros del STJ, Fabricio Losi y María Verónica Campo, dieron lugar a los recursos de casación presentados por la fiscalía y la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes. En su contundente resolución, el STJ determinó que interrumpir el crudo relato de la niña en plena Cámara Gesell para designarle un abogado oficial al nuevo acusado hubiera sido profundamente revictimizante y contrario a las guías de buenas prácticas de UNICEF.

“La continuidad de la declaración espontánea de la niña no lesionó por sí misma el derecho de defensa porque la imposibilidad de contradicción inmediata era inevitable”, sostuvieron los jueces, remarcando que el imputado y sus abogados contaban con mecanismos procesales posteriores para ejercer su defensa sin necesidad de anular la principal prueba de cargo.

Con esta medida, el máximo tribunal pampeano ordenó restituir la validez del testimonio de la niña y reenvió el expediente al Tribunal de Impugnación para que, con jueces diferentes, revise de forma integral la sentencia que originalmente condenó al acusado a una década de cárcel.

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