El Concejo Deliberante de General Pico aprobó por unanimidad una nueva ordenanza para regular la actividad de las Unidades Gastronómicas Móviles (UGM), comúnmente conocidas como food trucks. La normativa, impulsada por el Poder Ejecutivo local, deroga la anterior Ordenanza N.º 54/18 y busca promover un mayor ordenamiento del sector y generar oportunidades más equitativas para los emprendedores del rubro gastronómico piquense.
Una de las principales novedades que introduce la legislación es la creación formal del primer Patio Gastronómico de la ciudad, que estará ubicado en la calle 9, entre la Avenida San Martín y la calle 18. Esta modificación permitirá que quienes sean propietarios de estos emprendimientos puedan participar de la licitación correspondiente para ofrecer sus servicios en dicho espacio.
La nueva ordenanza clasifica las unidades en tres categorías según su modalidad de funcionamiento: aquellas que no cuenten con un punto fijo, las que se establezcan de manera permanente en un sitio dentro del ejido municipal y las que se emplacen en el Patio Gastronómico. Al respecto, el director de Comercio, Andrés Maidana, indicó que se busca “ordenar la circulación y ubicación de las unidades, favoreciendo una convivencia adecuada con el resto de las iniciativas comerciales y el espacio público”.
Además, se establece un cupo máximo de Unidades Gastronómicas Móviles. Quienes ya posean la habilitación deberán iniciar nuevamente el trámite bajo el nuevo marco legal. Una vez transcurridos 60 días desde la promulgación de la ordenanza, no se otorgarán nuevas habilitaciones por fuera de las vacantes disponibles, abriéndose la posibilidad solo en caso de que se produzca una baja. Las habilitaciones tendrán una vigencia máxima de un año.
En materia de obligaciones, los emprendedores deberán cumplir con medidas de seguridad y salubridad vinculadas a la manipulación de alimentos y realizar capacitaciones en RCP y manejo de extintores, que serán brindadas por el municipio. En el aspecto tributario, las UGM comenzarán a abonar las tasas de salubridad e higiene de manera bimestral, equiparando sus obligaciones y derechos con los del resto de los comerciantes de la ciudad.