Judiciales

Perpetua confirmada: el Superior Tribunal rechazó los planteos del femicida Rolando Quiroga

15 agosto, 2026 a las 19:00

La Justicia pampeana ratificó la pena máxima para el hombre condenado por asesinar a su pareja. La defensa buscó anular pruebas clave como chats incriminatorios y videos de seguridad, pero el máximo tribunal provincial desestimó el recurso.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa ratificó la condena a prisión perpetua impuesta a Rolando Antolín Quiroga, hallado culpable de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género (femicidio), en concurso real con el delito de desobediencia. La Sala B del STJ declaró inadmisible el recurso de casación presentado por su defensa, cerrando así la puerta a los intentos de invalidar la prueba que determinó su responsabilidad.

La defensora en lo Penal, María Silvina Blanco Gómez, había fundamentado su queja en supuestas irregularidades probatorias durante el juicio. Uno de los puntos centrales del reclamo giraba en torno a las grabaciones de las cámaras de seguridad. Según la letrada, el video exhibido en el debate carecía de fecha y hora, y supuestamente favorecía al acusado; sin embargo, los jueces revisaron el registro original completo durante su deliberación para constatar el momento exacto de los hechos, lo que la abogada calificó como una vulneración a la imparcialidad del tribunal.

Además, la defensa cuestionó la pericia al teléfono celular del condenado. Sostuvo que el juez de control autorizó una extracción de datos más amplia que la que había sido solicitada por la fiscalía. Este accionar permitió sacar a la luz conversaciones sumamente incriminatorias entre el imputado y su hija, evidencia que resultó determinante para la sentencia.

Frente a estos planteos, los ministros del STJ avalaron el accionar del Tribunal de Impugnación y de la Audiencia de Juicio. Determinaron que la defensa tuvo en todo momento la posibilidad de controlar la producción de la prueba, cuestionar su alcance y oponerse a su incorporación durante las etapas procesales previas. Al constatar que no se vulneraron las garantías constitucionales del imputado, el máximo tribunal dejó firme la pena de prisión perpetua.

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