La Cámara de Apelaciones ratificó una sanción de más de un millón y medio de pesos. La entidad intentó culpar a la víctima, un joven gendarme, pero la jueza advirtió que el banco permitió el robo de fondos incluso después de haber sido alertado formalmente del fraude.
En un fallo que sienta un importante precedente para los usuarios de servicios financieros, la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó una multa de $1.550.000 impuesta al Banco de la Nación Argentina. La sanción había sido dictada por la Dirección General de Defensa del Consumidor tras comprobarse que la entidad no protegió los fondos de un cliente que fue víctima de un ‘cuento del tío’ telefónico.
El caso se remonta a mediados de 2021, cuando un joven de 30 años integrante de Gendarmería Nacional, recibió un llamado de un supuesto contacto de confianza. Mediante engaños, fue guiado hasta un cajero automático en General Acha donde generó nuevas claves bancarias que luego envió por WhatsApp a los delincuentes. Con esa información, los estafadores tomaron un préstamo a su nombre por $460.000 y comenzaron a vaciar sus cuentas.
La insólita defensa del Banco
Durante el proceso judicial, el Banco Nación intentó esquivar su responsabilidad argumentando que la culpa era exclusiva del cliente por haber entregado sus contraseñas. Incluso, la entidad financiera señaló que, por tratarse de un gendarme, la víctima no era un “consumidor vulnerable”, sino alguien entrenado para prevenir delitos que actuó de manera imprudente.
Además, el banco intentó ampararse en la reciente Ley Bases (Ley Nacional 27.742) para evitar pagar la multa antes de apelar el fallo. Este argumento fue descartado de plano por la Justicia pampeana, aclarando que los procedimientos locales tienen sus propias normativas provinciales y el pago previo es constitucional para proteger al consumidor.
La responsabilidad de las entidades financieras
La jueza Adriana I. Cuarzo fue contundente en su resolución. Destacó que, si bien el cliente cayó en el engaño inicial, el propio gerente de la sucursal de General Acha y el usuario ya se habían comunicado para alertar sobre la maniobra. Pese a que el gendarme se presentó físicamente a bloquear sus claves, los delincuentes siguieron operando y robando dinero (dólares y pesos) al día siguiente.
“Permitir que un tercero continuara operando remotamente mediante credenciales obtenidas a través de un engaño, aun después de que el usuario alertara sobre la maniobra sufrida, constituye un incumplimiento del deber de seguridad”, sentenció la magistrada.
El fallo ratifica que los bancos, como proveedores de plataformas digitales y dueños del sistema informático, deben asumir los riesgos de la tecnología que imponen a sus clientes y contar con mecanismos de seguridad idóneos para bloquear cuentas ante la menor sospecha de fraude, sin importar la profesión o edad de la víctima.



