Judiciales

Multaron a un correo privado que entregó las tarjetas de un cliente a un estafador en La Pampa

6 junio, 2026 a las 11:00
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Un trabajador postal entrega un sobre con una tarjeta de crédito a una persona encapuchada en un tribunal

La Justicia ratificó una sanción de $750.000 contra la empresa postal. Una vecina de Santa Rosa terminó con deudas por consumos que nunca hizo porque el correo le entregó sus plásticos a un desconocido.

En un fallo que sienta un importante precedente para la protección de los consumidores, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó una multa de $750.000 impuesta a Correo Andreani S.A. La empresa fue sancionada por entregar correspondencia con documentación bancaria sensible (tarjetas de crédito y débito) a una persona que se hizo pasar por la verdadera destinataria.

El calvario para la mujer comenzó a fines de 2023, cuando empezó a recibir intimaciones de pago por consumos en tarjetas de crédito del Banco BBVA. El problema era evidente: ella nunca había recibido los plásticos en su domicilio. Tras radicar una denuncia penal y otra ante Defensa del Consumidor, descubrió que las tarjetas habían sido enviadas a través de Andreani y entregadas por mostrador en la sucursal de Santa Rosa a un tercero que usurpó su identidad.

Aunque el banco BBVA acordó perdonar la deuda y limpiar el historial crediticio de la mujer en una instancia conciliatoria, Defensa del Consumidor decidió multar a la empresa postal por fallas graves en sus controles. Andreani apeló la medida argumentando que habían validado el DNI de quien retiró el sobre con el sistema del RENAPER y que, dado que el banco ya había solucionado el problema económico, la sanción era injustificada.

Sin embargo, la jueza María Anahí Brarda fue contundente en su resolución. En primer lugar, advirtió que el arreglo económico con el banco no borra la infracción del correo, ya que en el derecho del consumo las multas buscan castigar la negligencia y prevenir malas prácticas futuras.

Además, la magistrada apuntó duramente contra la empresa por no aportar los videos de las cámaras de seguridad de la sucursal para demostrar cómo fue realmente la entrega, alegando que ya no estaban disponibles. ‘Exigir a la consumidora que pruebe un hecho negativo, que ella no fue a la sucursal del correo, cuando el proveedor tiene los medios técnicos para demostrar quién asistió, resulta contrario al principio protectorio’, remarcó el fallo.

La Justicia concluyó que Andreani vulneró el trato digno, el deber de información y la seguridad que se le exige a una compañía que transporta elementos tan delicados como tarjetas bancarias, facilitando una estafa y dejando a la víctima en un estado de absoluta desprotección.