En un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto, condenó a Tobías Emanuel Franco Quaglia, de 19 años, por dos hechos de robo simple. La magistrada le revocó la condicionalidad de una pena anterior y unificó ambas sentencias en una pena única y total de tres años y un mes de prisión de efectivo cumplimiento.
El primer hecho ocurrió el 6 de marzo, cerca de las 3 de la madrugada, cuando el imputado le arrebató con fuerza un teléfono celular a una persona que estaba en la vereda de su vivienda en General Pico. Tras el robo, el joven intentó huir pero fue alcanzado por la víctima y un acompañante, produciéndose una agresión mutua hasta que intervino la policía.
El segundo suceso tuvo lugar el mismo día, alrededor de las 7 de la mañana. En esa oportunidad, Franco Quaglia, junto a otra persona, interceptó a un transeúnte. Mientras uno de los agresores le bloqueaba el paso con una bicicleta, el ahora condenado lo amenazó diciéndole “dame todo lo que tengas, sino te doy un tiro”. Acto seguido, lo tomó del cuello y le sustrajo un celular, una billetera con dos tarjetas, su DNI, 6.000 pesos y un par de aros.
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Alejandro Caram y el propio imputado. Los damnificados por los robos fueron notificados sobre los términos del acuerdo y prestaron su conformidad.
Al merituar la sentencia, la jueza Gianinetto recordó que en este tipo de procesos el tribunal no puede imponer una pena más severa que la solicitada por el Ministerio Público Fiscal, tal como lo establece el Código Procesal Penal. Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surgió que Franco Quaglia poseía una condena anterior del 23 de diciembre del 2025 a tres años de prisión de ejecución condicional por delitos de hurto agravado y robo simple en reiteradas oportunidades.



