El acusado, de 32 años, convivía con la menor al momento de los hechos. La Justicia le revocó una pena anterior por un delito similar y la unificó en una condena de cumplimiento efectivo.
La jueza de Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 32 años a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. El sujeto fue hallado culpable de abusar sexualmente y realizar exhibiciones obscenas frente a su sobrina, quien al momento de los hechos tenía 13 años.
Durante el juicio oral llevado a cabo a principios de mayo, el representante del Ministerio Público Fiscal, Francisco Trucco, logró acreditar que los hechos ocurrieron entre el mes de agosto y el 31 de diciembre de 2023. El imputado, de profesión albañil, aprovechó la situación de convivencia en la casa de su madre —y abuela de la víctima—, ubicada en General Pico, para vulnerar la integridad de la adolescente.
El calvario en la vivienda familiar
El caso salió a la luz durante la madrugada del 5 de enero de 2024. Tras una fuerte discusión en la vereda del domicilio entre el condenado y un amigo de la menor, la víctima sufrió un ataque de pánico en una plaza cercana. En medio de una crisis de angustia, la adolescente le confesó a su madre los reiterados episodios de acoso.
Según el testimonio brindado por la menor a través del sistema de Cámara Gesell, el primer hecho se registró en agosto, cuando ella salió de bañarse y se dirigió a la cocina. En ese momento, su tío, quien dormía en ese sector de la casa, se bajó los pantalones y le exhibió sus partes íntimas. Posteriormente, los abusos continuaron mediante tocamientos indebidos que el hombre perpetraba aprovechando los momentos en que se encontraban solos o sin supervisión de otros familiares.
Contundencia probatoria
A pesar de que la defensa, ejercida por el abogado Walter Vaccaro, y algunos familiares del acusado intentaron desacreditar a la joven aludiendo a supuestos problemas de conducta, la magistrada fue tajante al desestimar estas posturas.
Gianinetto remarcó que los testimonios del entorno familiar evidenciaban una clara voluntad de beneficiar al acusado. En contraste, el informe pericial psicológico elaborado por el licenciado Claudio Bugnone determinó que el relato de la menor presentaba una fuerte consistencia y credibilidad, descartando cualquier tipo de fabulación o influencia externa.
Antecedentes y resolución
Un factor determinante en la resolución judicial fue el prontuario del condenado. El acusado ya contaba con una sentencia previa:
- Fallo anterior: En mayo de 2023, el juez de Control Alejandro Gilardenghi lo había condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional por otro caso de abuso sexual simple.
- Reincidencia: Al haber perpetrado este nuevo delito apenas tres meses después de su condena anterior, quedó en evidencia su nula intención de corregir su accionar.
Por estos motivos, la jueza Gianinetto resolvió revocar la condicionalidad de aquella pena y declararlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por la situación de convivencia con una menor de 18 años y exhibiciones obscenas, agravadas. Ambas sentencias se unificaron, dictaminando su traslado a un establecimiento penitenciario para el cumplimiento íntegro de la pena de tres años.


