Judiciales

Condenan a un comerciante a prisión en suspenso por exhibir un video pornográfico a dos niños

21 mayo, 2026 a las 17:00
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Un comerciante de 56 años fue condenado a tres meses de prisión en suspenso y a cumplir dos años de reglas de conducta obligatorias. La sanción, que recayó sobre Ceferino Ramón Robles, fue por ser autor del delito de suministro de material pornográfico a menores de 14 años, con el agravante de que las víctimas fueron niños de 11 y 12 años.

La sentencia fue dictada por el juez de control de General Pico, Diego Julio Ambrogetti, al homologar un acuerdo de juicio abreviado. Dicho acuerdo fue presentado de manera conjunta por la fiscala Ana María Ballari, el defensor particular Lucas Tomás Jubilla y el propio imputado, quien admitió su responsabilidad penal en el hecho.

El suceso ocurrió en febrero en una localidad del norte provincial, cuando Robles le exhibió a los niños, a través de su teléfono, un video de personas adultas manteniendo relaciones sexuales. Las madres de ambos menores fueron quienes realizaron la denuncia y, tras ser informadas sobre los alcances del juicio abreviado, prestaron su consentimiento para el procedimiento.

Para acreditar el delito, el Ministerio Público Fiscal presentó como pruebas las dos denuncias, las declaraciones de las víctimas en Cámara Gesell y un informe pericial realizado por la Brigada de Investigaciones de General Pico sobre el teléfono del comerciante.

Además de la pena de ejecución condicional, Robles deberá fijar domicilio y someterse al Ente de Políticas Socializadoras durante un período de dos años. Una vez que el fallo quede firme, su nombre será incorporado al Registro Provincial de Antecedentes de Condenados por delitos contra la integridad sexual. Su conducta fue encuadrada en el artículo 128, cuarto y último párrafo del Código Penal, que sanciona a quien facilite o suministre material pornográfico a menores de 14 años, con escalas que se elevan si la víctima es menor de 13 años.