Ante la persistencia de las condiciones climáticas adversas, el Gobierno provincial extendió la medida que abarca a explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas en cuatro departamentos clave. La disposición busca mitigar el duro impacto económico en uno de los motores productivos de la región.
La falta de precipitaciones y las severas condiciones climáticas continúan castigando al campo pampeano. En respuesta a esta crisis prolongada, el Gobierno de La Pampa oficializó la prórroga del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial por sequía, una medida vital para oxigenar a los productores afectados y proteger uno de los sectores económicos más importantes de la provincia.
La decisión fue formalizada a través del Decreto N° 607, publicado recientemente en la página 19 del Boletín Oficial. La normativa establece que la prórroga se extenderá por más de dos años, fijando como nueva fecha de vencimiento el 30 de noviembre de 2026. Esta extensión subraya la gravedad y la persistencia del fenómeno climático que azota a la región.
Según detalla el documento oficial, la medida alcanza de manera directa a las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas. Cabe destacar que este nuevo decreto viene a dar continuidad a una serie de disposiciones previas (Decretos provinciales N° 1931/24, N° 2989/24, N° 3944/24, N° 4044/24, N° 92/25, N° 1106/25 y 2390/25), lo que evidencia que la crisis hídrica es un problema estructural que el Estado provincial viene monitoreando y atendiendo desde hace tiempo.
Las zonas afectadas
El decreto especifica con precisión el detalle catastral de las áreas que continuarán bajo el amparo de la Emergencia y/o Desastre Agropecuario. Las zonas comprenden áreas vitales del sur y oeste pampeano, distribuidas en los siguientes departamentos:
- Departamento Puelén: Sección XXV, Fracción A, lotes 14 a 17 y 25; Fracción B, lotes 11 a 25; Fracción C, lotes 1 a 6 y 15.
- Departamento Curacó: Sección XV, Fracción D, lotes 18 a 23; Sección XVI; Fracción A; lotes 1 a 3 y 8 a 13; Sección XX, Fracción A, lotes 11 a 25, Fracción B, lotes 11 y 19 a 22, Fracción C, lotes 1 a 3 y 7 a 25, Fracción D, lotes 1 a 20, 24 y 25; Sección XXI, Fracción A, lotes 5 y 6, Fracción B, lotes 1 a 10.
- Departamento Lihuel Calel: Sección X, Fracción C, lotes 16 a 25, Fracción D, lotes 16 a 25, Fracción E, lotes 1 a 15, Fracción F, lotes 1 a 15.
- Departamento Caleu Caleu: Sección V, Fracción A, lotes 1 a 19, 24 y 25, Fracción B, lotes 1 a 25, Fracción C, lotes 1 a 9, 14 y 15.


