Velocidad precautoria, ojotas y mate al volante: qué dice la ley sobre el dominio total del vehículo

9 mayo, 2026 a las 16:30
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En su habitual columna de seguridad vial en InfoPico Radio 99.9, el especialista Bruno Miño abordó un tema que va mucho más allá de los límites de velocidad convencionales: la obligación legal de mantener el “dominio total” del vehículo. Desde el estado de las rutas pampeanas hasta la costumbre veraniega de manejar en ojotas o tomando mate, el debate dejó en claro que la precaución al volante no se mide únicamente en el velocímetro.

Más allá de la máxima: la velocidad precautoria

Aunque la máxima urbana suele ser de 40 kilómetros por hora, y en General Pico existen normativas que la reducen a 20 en ciertos sectores, Miño hizo hincapié en el artículo 50 de la Ley Nacional de Tránsito. Este apartado introduce el concepto de velocidad precautoria o adecuada.

Según explicó el columnista, el conductor debe adaptar su marcha evaluando múltiples factores antes y durante el viaje:

  • La salud del conductor: nivel de descanso y ausencia de alcohol o drogas.
  • El estado del vehículo: correcto funcionamiento de frenos y desgaste de las cubiertas.
  • Las condiciones climáticas y de visibilidad: presencia de niebla, lluvia, hielo o viento.

“Tenemos rutas que están hechas bolsa, sobre todo las nacionales en el sector oeste. Tenés que tener en cuenta eso. Hay que conducir a una velocidad tal que puedas mantener el control, porque si el piso se moja, el agarre no es el mismo”, remarcó Miño.

El dilema del calzado: ¿se puede manejar con ojotas?

Uno de los puntos más debatidos en la mesa radial fue el uso de calzado inadecuado, un clásico de la temporada estival. Si bien la legislación argentina no prohíbe expresamente conducir con ojotas —como sí ocurre en países vecinos como Brasil o Uruguay—, la falta de sujeción del pie atenta directamente contra el dominio del rodado.

“Si el chofer quiere frenar y el pie se le resbala por la ojota, va a frenar mañana”, graficó el especialista con contundencia.

Esta misma lógica se aplica al uso de zapatos con tacos altos o botas pesadas. Si bien la ley no detalla un catálogo de calzados prohibidos, exige tener el control efectivo sobre los pedales. Ante un siniestro vial, las pericias pueden determinar que manejar descalzo o en chinelas fue un factor desencadenante, complicando la situación legal del conductor.

El mate y las distracciones al volante

Otro hábito profundamente arraigado en los conductores argentinos es tomar mate mientras manejan. Miño advirtió que llevar el termo o el mate en una mano impide maniobrar correctamente ante una emergencia.

En este sentido, recordó que provincias como Córdoba han modificado su legislación para prohibir explícitamente esta práctica, llegando a aplicar multas severas. Sin embargo, el columnista también cuestionó la falta de criterio en algunos operativos de tránsito.

“A veces exageran en el control. Me contaron hace poquito de un caso en Córdoba donde el policía vio el equipo de mate y le hizo la multa al conductor, cuando en realidad la que iba tomando era la acompañante. Eso es un exceso para sacar más plata”, concluyó Miño, recordando que las infracciones por distracción —como usar el celular— aplican exclusivamente a quien va al mando del volante y no a los pasajeros.

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