El aberrante hecho ocurrió hace una década en Santa Rosa, pero la víctima logró romper el silencio recién a sus 15 años. A pesar de la condena judicial, el abusador no irá a la cárcel y mantendrá su libertad bajo reglas de conducta.
Un trabajador gastronómico de 45 años fue condenado por la Justicia de La Pampa a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por haber abusado sexualmente de su propia sobrina. El fallo, dictado por el juez de audiencia Andrés Aníbal Olié, sacó a la luz una dolorosa historia de abuso intrafamiliar que permaneció oculta durante casi diez años por el miedo, la culpa y la vergüenza padecida por la pequeña víctima.
Los hechos se remontan al verano de 2014 o 2015 en una vivienda de un barrio de la ciudad de Santa Rosa. Aprovechando el horario de la siesta y la confianza que le tenía la familia, el acusado se acostó en una cama cucheta junto a la niña, que en ese entonces tenía apenas entre cinco y seis años. Allí, realizó tocamientos en sus piernas y glúteos y la obligó a darle lo que él cínicamente llamaba “besos de sapito”, introduciendo su lengua en la boca de la menor. Antes de terminar, selló un pacto de silencio con una manipulación cruel: le advirtió que no dijera nada porque sus padres “se iban a enojar con el tío y no iba a poder ir más a la casa”.
El calvario silencioso de la víctima se extendió hasta febrero de 2024. Ya con 15 años, mientras caminaba por la calle junto a su madre, la adolescente sufrió una crisis de nervios y llanto que la llevó a confesar finalmente el infierno que había vivido. Los informes psicológicos debatidos en el juicio revelaron que, durante todos esos años, la joven sufrió insomnio, pesadillas donde aparecía su tío, aislamiento social y un profundo rechazo al contacto físico.
Durante el debate oral, la fiscal Cecilia Molinari logró probar la autoría del hecho basándose de forma contundente en el relato de la adolescente en Cámara Gesell, el cual fue valorado por los peritos y el juez como sumamente coherente, genuino y desgarrador. Del otro lado, el abogado defensor, Fernando Fassina, intentó lograr la absolución de su cliente argumentando supuestas “internas” y enemistades entre los adultos de la familia, una estrategia que fue categóricamente rechazada en la sentencia.
El fallo dictaminó que, debido al monto de la pena (un año, acorde al mínimo legal del delito de abuso sexual simple), el hombre no cumplirá encierro efectivo. Sin embargo, el magistrado le impuso estrictas reglas de conducta por el plazo de dos años: no podrá acercarse a menos de 200 metros de su sobrina, tiene prohibido todo tipo de contacto con ella y estará obligado a asistir a un dispositivo psico-socio-educativo para varones que ejercen violencia de género. Además, su nombre quedará inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.



