La Sala 3 de la Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó la resolución que obliga a la empresa automotriz a corregir las liquidaciones de sus planes bajo estricto control pericial y a suspender todo tipo de hostigamiento extrajudicial hacia los ahorristas pampeanos.
La Justicia de La Pampa emitió un contundente fallo en el marco del extenso proceso colectivo que involucra a los suscriptores de planes de ahorro para la compra de vehículos. En dos recientes resoluciones de la Sala 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, a cargo del juez Guillermo Samuel Salas, se rechazaron las apelaciones presentadas por Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, exigiéndole a la empresa el estricto cumplimiento de la sentencia definitiva dictada hace casi dos años.
La medida central ratifica la orden impartida en primera instancia: la automotriz debe realizar de forma perentoria las correcciones en las liquidaciones dispuestas por el perito contador oficial. Además, y para llevar tranquilidad a los suscriptores, la Justicia ratificó que Volkswagen debe cesar de manera inmediata todo tipo de comunicación o intimación extrajudicial con los ahorristas hasta que las reliquidaciones estén debidamente presentadas y aprobadas en el expediente judicial.
Rechazo a los planteos de la empresa y críticas por las demoras
En su presentación, Volkswagen S.A. había intentado suspender los efectos de la medida, argumentando haber presentado liquidaciones propias mediante planillas de cálculo e, incluso, solicitó una prórroga de 60 días para poder adecuar sus sistemas informáticos y administrativos a fin de realizar los recálculos.
El juez Salas desestimó de plano estas peticiones, calificándolas de “evidentes pedidos dilatorios”. En su resolución, el magistrado tildó de “insólito” el requerimiento de un plazo de dos meses para hacer cálculos matemáticos, recordando que la empresa tuvo más de 23 meses desde que se dictó la sentencia de primera instancia para prever este escenario financiero y contable.
Asimismo, la Cámara avaló la postura del perito interviniente, quien había advertido que las liquidaciones presentadas por la firma no permitían controlar las operaciones y que tomaban como referencia el valor comercial de los vehículos de manera totalmente unilateral y arbitraria, alejándose de los parámetros ordenados por la Justicia.
El reclamo de los ahorristas frente a las presiones
En paralelo, la Cámara también debió resolver la apelación de una ahorrista, quien advirtió sobre la “caída unilateral del plan” por parte de la empresa y la exigencia de sumas arbitrarias, en un claro incumplimiento de la sentencia por parte de la firma automotriz.
Si bien el tribunal rechazó la apelación de la demandante por cuestiones estrictamente procesales —aclarando que cualquier otro daño extra o perjuicio debe reclamarse por fuera del objeto específico de este juicio colectivo—, el juez le dio la derecha conceptualmente al reconocer el malestar generado por el accionar de la compañía. De hecho, el tribunal eximió a la ahorrista de pagar la totalidad de las costas de esta apelación, entendiendo que tenía motivos fundados para sentirse con derecho a reclamar ante las actitudes de la empresa.
En este sentido, el fallo deja un mensaje claro y contundente dirigido a Volkswagen: la obligación central en esta etapa es recalcular y abonar (o reintegrar) lo que corresponda según la sentencia firme, y la empresa está llamada a cumplirlo “sin atajos, dilaciones, entorpecimientos administrativos u hostigamientos comunicacionales”.
Con estas resoluciones, la Justicia pampeana busca poner un punto final a las maniobras dilatorias en la etapa de ejecución de sentencia, garantizando que los ahorristas locales reciban las liquidaciones justas y transparentes por las que vienen litigando desde hace años.



