Judiciales

Absolvieron a seis policías acusados de golpear a un detenido en General Acha

12 marzo, 2026 a las 13:29
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Seis efectivos policiales fueron absueltos por los delitos de severidades, vejaciones y violación de los deberes de funcionario público. Los uniformados habían llegado a juicio acusados de golpear a un preso que se encontraba alojado en la alcaidía de la ciudad de General Acha.

El tribunal, conformado por los jueces santarroseños Marcos Hernán Sacco, Daniel Alfredo Sáez Zamora y Carlos Alberto Besi, dictó la absolución de Juan Manuel Güenchul, Roberto Rubén Pérez, Celso Julio Osvaldo Muñoz y Yonatan Leandro Ibaceta por el beneficio de la duda respecto a los delitos de severidades y vejaciones. Además, fueron absueltos el jefe de la alcaidía, Miguel Andrés Villena, y la médica policial Daniela Silvana Zappa, acusados originalmente por incumplimiento de sus deberes.

Durante el proceso, la fiscala general subrogante Eugenia Paola Bolzan sostuvo que los efectivos retiraron al detenido de su celda, lo llevaron a un patio interno, lo obligaron a desnudarse y le exigieron hacer ejercicios físicos hasta el agotamiento. Según la acusación, también le arrojaron agua y lo golpearon en el rostro mientras estaba boca abajo, provocándole diversas lesiones. Por estos hechos, la fiscalía había solicitado penas de dos años de prisión en suspenso y cuatro de inhabilitación para Güenchul, Pérez, Muñoz e Ibaceta, mientras que retiró la acusación contra Villena y Zappa en los alegatos finales por falta de pruebas.

Por su parte, las defensas de los imputados, integradas por los abogados particulares Silvia Mirta Brown, Magalí Marilina Tarditi, Raúl Oscar Lanz, Miguel Ángel Rolando y el defensor oficial Federico Manuel Ibazetta, habían requerido la absolución de todos los agentes.

Al momento de fundamentar el fallo, los magistrados explicaron que existieron dos hechos que no estuvieron en discusión: la presencia del detenido en la alcaidía y las lesiones que sufrió en su rostro. Sin embargo, advirtieron que no se pudo determinar con certeza quiénes fueron los agresores ni cuántas personas participaron del ataque.

Los jueces señalaron que los testimonios presentados por la fiscalía, basados en relatos de otros detenidos, mostraron contradicciones que no pudieron ser superadas durante el debate. “La acusación no pudo acreditar con precisión certera que fueran los cuatro acusados quienes ocasionaron las lesiones constatadas en el rostro del detenido, en las circunstancias de modo, tiempo y lugar alegado por el órgano acusador”, afirmaron en la sentencia.

El tribunal también remarcó que existió una contradicción insalvable entre el relato de la víctima, quien estimó que fue atacado por cinco o seis personas que no logró identificar, y la fiscalía, que apuntó contra cuatro policías específicos. En este sentido, los magistrados cuestionaron que no se haya realizado una rueda de reconocimiento para que el damnificado pudiera identificar a los autores de los hechos.

Finalmente, aclararon que la resolución no implica negar la existencia de la agresión. “Con lo antedicho no queremos decir que los hechos no hayan existido o que el denunciante mintiera. En realidad, lo que queremos decir es que no se contó con pruebas de cargo suficientes y eficaces como para quebrar el principio de inocencia”, concluyeron los jueces.