El extenso litigio judicial que mantienen miles de pampeanos contra las administradoras de planes de ahorro para vehículos parece acercarse a un punto de inflexión. El abogado Franco Catalani, representante de los amparistas, dialogó con InfoPico Radio 99.9 y explicó que, si bien la Justicia ya falló a favor de los consumidores en tres instancias, la aplicación efectiva del recálculo de las cuotas depende de una última resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa.
El reclamo original comenzó en noviembre de 2019 frente a los aumentos desmesurados y sin criterio que aplicaban las concesionarias. “Pasaron ya casi seis años”, señaló Catalani. Hasta el momento, los ahorristas obtuvieron sentencias positivas en primera instancia, en la Cámara de Apelaciones y en el propio STJ, estableciendo que las cuotas deben ajustarse mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y no por el valor móvil que imponen las firmas.
Sin embargo, la traba actual radica en que las empresas presentaron un recurso extraordinario federal para intentar llegar a la Corte Suprema de la Nación. “Es el Superior Tribunal de la provincia el que le tiene que decir si le abre la vía o se la rechaza. Recién cuando se rechace esa posibilidad, la sentencia quedaría firme”, detalló el letrado. Mientras tanto, las administradoras siguen cobrando con los aumentos arbitrarios de siempre.
“Circuitos financieros encubiertos”
Al analizar la estructura de este tipo de ventas, Catalani fue tajante. Explicó que para mucha gente es la única vía de acceso a un vehículo o a un electrodoméstico, pero esconden una trampa letal para el bolsillo.
“Los planes de ahorro no son planes de ahorro, son circuitos financieros encubiertos. Entonces, por una pequeña cuota, terminás pagando tres o cuatro autos. Y eso está dicho expresamente en fallos de otras provincias”, disparó el abogado.
En este sentido, apuntó también a la falta de control por parte de la Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ), dejando a los consumidores como el eslabón más débil del sistema. Si el fallo queda firme a favor de los pampeanos, el recálculo caso por caso arrojará una diferencia económica vital. Según el abogado, a la mayoría le da un saldo ampliamente positivo frente a empresas que, en algunos casos extremos, “le reclaman a la gente hasta el valor de otro auto” en concepto de deuda.
El alcance del fallo y los plazos
Un dato clave que arrojó la entrevista es el alcance de la acción colectiva. La Justicia determinó que la sentencia comprende a todos los planes de ahorro contratados en La Pampa entre abril de 2018 y marzo de 2024, sin importar si el titular se presentó o no en la demanda original. “Abarca a todo el colectivo”, aseguró Catalani.
No obstante, para aquellos que quieran sumarse formalmente a la acción en curso (lo que permite acceder a medidas cautelares inmediatas), el tiempo se agota. El plazo vence ahora en marzo, al cumplirse exactamente dos años de la sentencia de primera instancia.
Se espera que para esa misma fecha el STJ defina el rechazo al recurso de las empresas, provocando, en palabras del abogado, “una especie de efecto dominó” que obligue de una vez por todas a las firmas a ajustar sus cobros a la ley y dar respiro a los ahorristas pampeanos.

