Judiciales

Duro revés judicial para Volkswagen en La Pampa por los conflictos con los planes de ahorro

9 marzo, 2026 a las 15:00
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, declarando inadmisible un recurso extraordinario federal interpuesto por la compañía. La resolución judicial ratifica la protección de los derechos de los consumidores pampeanos frente a los contratos de los planes de autoahorro.

Los argumentos de la empresa automotriz

El conflicto llegó a esta instancia luego de que el representante legal de Volkswagen, el abogado Angel Otiñano Lehr, presentara la apelación federal contra una resolución previa del propio STJ. En su intento por llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la empresa esgrimió los siguientes puntos:

  • Argumentó que la justicia pampeana actuó con “excesivo rigor formal” y dictó una resolución contraria a la normativa nacional que regula los planes de ahorro.
  • Sostuvo que permitir a los clientes abonar cuotas inferiores a las programadas genera desigualdades, perjudica al resto del grupo de ahorro y afecta el derecho de propiedad.
  • Alegó que el caso reviste “gravedad institucional”, argumentando que lo resuelto excedía a las partes involucradas y afectaría de manera directa a la industria automotriz, las fuentes de trabajo y la economía en general.

La respuesta del STJ y la defensa del consumidor

Por su parte, el tribunal provincial desestimó de plano los planteos de la empresa multinacional. Para rechazar el recurso y declararlo inadmisible, los magistrados se basaron en los siguientes fundamentos:

  • La compañía automotriz no logró demostrar un accionar absurdo por parte de la justicia, ni logró desvirtuar los fundamentos del fallo de segunda instancia que ya le había sido adverso.
  • Los argumentos presentados por Volkswagen solo reflejaban una interpretación basada en sus propios intereses comerciales.
  • La empresa se desentendió de la naturaleza consumeril de los contratos de adhesión y del deber de información que le compete hacia los clientes.
  • La solución brindada por la justicia pampeana es razonable, se encuadra en los lineamientos constitucionales frente a derechos individuales homogéneos y prioriza los principios tuitivos del derecho del consumidor.

Finalmente, en el fallo con fecha del 9 de marzo de 2026, el Superior Tribunal resolvió imponerle las costas del proceso judicial a la empresa recurrente por resultar vencida. Asimismo, se regularon los honorarios de los abogados intervinientes, incluyendo al representante de los vecinos demandantes, el abogado Pedro Roberto Alvarez Cortina.