Judiciales

Caso Lía Falcón: postergan una audiencia clave hasta febrero por un pedido de la defensa

16 diciembre, 2025 a las 22:00

La audiencia de ofrecimiento de pruebas en la causa por el homicidio culposo de Lía Falcón fue reprogramada para el 10 de febrero del próximo año. La decisión fue tomada por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) luego de que la defensa de Francisco Roldán, condenado en primera instancia, solicitara la postergación de la diligencia, que originalmente estaba prevista para el 19 de diciembre.

El pedido de la defensa técnica, ejercida por Nicolás Espínola y Selia Domínguez Ardohain, se fundamentó “en la literalidad de los plazos previstos en el Código Procesal Penal de La Pampa”. Los abogados argumentaron que el artículo 394 de dicho código establece que, una vez admitido un recurso de impugnación, las partes disponen de 10 días hábiles para examinar las actuaciones, y que recién vencido ese término, el tribunal debe fijar una audiencia con un intervalo no menor a otros 10 días.

Francisco Roldán fue condenado el 10 de noviembre a cinco años de prisión por homicidio culposo, agravado por exceso de velocidad y por violar la señalización del semáforo. El hecho que causó la muerte de Lía Falcón ocurrió el 16 de enero. La sentencia fue impugnada el 3 de diciembre tanto por la defensa como por la querella particular, representada por la abogada Aldana Prost.

Mientras que la defensa se mantuvo firme en su postura de no renunciar a ningún plazo legal, el fiscal Andrés Torino y la querella no objetaron la fecha original de la audiencia. La representante de la familia de la víctima consideró la solicitud como “un intento de dilaciación en pos de perpetuar el estado de prisión domiciliaria” del condenado.

Al resolver el planteo, los integrantes de la Sala B del TIP, Mauricio Piombi y María Eugenia Schijvarger, reconocieron la importancia de la celeridad procesal. Sin embargo, sostuvieron que “si bien el espíritu de nuestro proceso penal es concentrar los actos procesales (…); no menos cierto es que debe respetarse el derecho de defensa, debiendo existir un equilibrio entre celeridad y garantías constitucionales y procesales”.

En su resolución, la judicatura explicó que denegar la solicitud podría afectar el derecho de defensa invocado y dar lugar a futuros cuestionamientos procesales. Por ello, y “a fin de mantener ese equilibrio entre la celeridad que debe imperar en todo proceso y garantizar el derecho de la defensa”, se hizo lugar al pedido, se suspendió la audiencia de diciembre y se la fijó para el 10 de febrero a las 9.

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