Un hombre de 32 años fue condenado hoy a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor de los delitos de abuso sexual simple a una menor de 13 años y lesiones leves calificadas, en dos ocasiones, por la relación con su expareja. Los hechos fueron enmarcados en las leyes 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres y 26.061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Las víctimas fueron una niña y una expareja.
La sentencia fue dictada por la jueza de control santarroseña, Cecilia Quiroga, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado conjuntamente por el fiscal Cristian Casais, el defensor oficial Juan José Hermá y el imputado, Carlos Damián Juárez Palacios, quien admitió su culpabilidad. Además, fue declarado reincidente.
Las agresiones sexuales contra la niña, que al momento de los hechos tenía entre 10 y 12 años, fueron reiteradas y ocurrieron cuando el acusado concurría al domicilio de un familiar. Por los ataques a su expareja se abrieron dos causas. En una se constató que una noche, estando en la vivienda de la damnificada, Juárez “se ofuscó y comenzó a agredirla físicamente, agarrando un picaporte con el que le dio un golpe en el pecho. Luego de un forcejeo entre ambos, tomó un cuchillo y le provocó un corte en el antebrazo izquierdo y otro en un dedo de esa mano”, se detalló en el fallo.
En la otra ocasión, Juárez ingresó de madrugada a la casa de la víctima, mientras ella dormía. Cuando lo vio y le preguntó qué hacía, observó que “se encontraba alcoholizado y no podía hablar correctamente”. Al intentar que se fuera, el imputado la golpeó dos veces con el puño en el ojo izquierdo. Luego huyó y regresó a los pocos minutos con ropas y una cobija. En ese momento le expresó a la mujer: “ahora llamé a la policía así me meten preso”. Cuando la víctima salió a pedir ayuda, Juárez se marchó.
La mamá de la niña, al ser notificada sobre el alcance del acuerdo de juicio abreviado, dijo no estar de acuerdo y pidió ser informada acerca de eventuales planteos que pueda requerir el acusado (salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, etc.). La expareja, al ser citada para esa diligencia, no asistió a la audiencia.




